NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (15/09/2023)
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TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Viernes 15 de setiembre de 2023 El Peruano / para la ejecución de una (01) inversión que el Pliego 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas tiene programado en el presenta año fi scal; Contando con el visto bueno de la Sub Jefatura Institucional, Gerencia General, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; O fi cina General de Administración, O fi cina de Planeamiento Estratégico y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”; y la Resolución Suprema N°016-2022-SA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, a favor del Pliego 022: Ministerio Público por S/ 60 886.00 (SESENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, correspondiente al 1% del costo de control concurrente comunicado por la Contraloría General de la República de una (01) inversión a cargo del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, en el marco de lo establecido en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N°31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, de acuerdo al siguiente detalle: N° CUI NOMBRE DE LA INVERSIÓNMONTO S/ 1 2574831ADQUISICION DE EQUIPO DE RAYOS X DIGITAL, EQUIPO DE RAYOS X DIGITAL, EQUIPO DE RAYOS X DIGITAL CON FLUOROSCOPIO Y CONGELADORA; ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL(LA) EESS INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS EN LA LOCALIDAD SURQUILLO, DISTRITO DE SURQUILLO, PROVINCIA LIMA, DEPARTAMENTO LIMA60,886.00 TOTAL 60,886.00 Artículo Segundo.- La transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias”, Acción de Inversión 6000053 “Control Concurrente”, Finalidad 0348747 “Control Concurrente” y la Especí fi ca de Gasto 2.4.2.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional” Artículo Tercero.- Los recursos de la transferencia fi nanciera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Cuarto. - Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Administración para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera, publicación en el Diario O fi cial el Peruano y en el portal institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas. Artículo Quinto.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (www.inen.sld.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO E.M. BERROSPI ESPINOZA Jefe Institucional 2215013-1Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 245-2023-J/INEN Surquillo, 7 de septiembre del 2023 VISTOS:El O fi cio N° 001292-2023-CG/SGE de la Contraloría General de la República, el Memorando N° 002927-2023-OGA/INEN de la O fi cina General de Administración, el Memorando N° 2019-2023-OGPP-INEN de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 001159-2023-OAJ/INEN; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28748, crea como Organismo Público Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía económica, fi nanciera, administrativa y normativa, adscrito al sector Salud, constituyendo Pliego Presupuestal, cali fi cado como Organismo Público Ejecutor en concordancia con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM y sus modi fi catorias; Que, con Decreto Supremo N° 001-2007-SA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones-ROF, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, estableciéndose su competencia, funciones generales y estructura orgánica del Instituto, así como las funciones de sus diferentes Órganos y Unidades Orgánicas; Que, en el marco del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante la Resolución Jefatural Nº 437-2022-J/INEN, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de gastos correspondientes para el Año Fiscal 2023 del Pliego 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas; Que, el numeral 1.1 del artículo 1° de la Ley N° 31358, “Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, modi fi cado por la Ley N° 31640, dispone que “La ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, (…) y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República”; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4° de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; y que las referidas transferencias se aprueben mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, y se publiquen en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, se establece el procedimiento a seguir para el registro de la ejecución de transferencias fi nancieras enmarcadas en el artículo 4° de la Ley Nº 31358;