NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (17/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 74
74 Domingo 17 de setiembre de 2023 El Peruano / PROYECTOS de la presente resolución a la sede de la Sunass, ubicada en calle Bernardo Monteagudo Nros. 210-216, Magdalena del Mar, Lima o al correo electrónico audiencia-semapach @sunass.gob.pe, hasta el quinto día hábil siguiente a la fecha de realización de la audiencia pública. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 1 Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anónima. 2 Publicada el 12 de agosto del 2023 en la separata de normas legales del diario o fi cial El Peruano. Nº (…)-2023-SUNASS-CD EXP.: 009-2023-SUNASS-DRT-FT Lima, VISTOS:El Memorándum Nº (…)-2023-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, mediante el cual presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta fi nal para el periodo regulatorio 2024-2028 de: i) fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS SEMAPACH S.A. 1 (en adelante, SE MAPACH ) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa prestadora. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria Nº 011-2023-SUNASS-DRT 2 se inició el procedimiento de revisión tarifaria periódica de SEMAPACH para la aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, aplicables para el siguiente periodo regulatorio de la referida empresa prestadora. Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras 3, se ha cumplido con: i) publicar en el diario o fi cial El Peruano el proyecto de resolución que aprobaría de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serían aplicables por SEMAPACH en el periodo regulatorio 2024-2028; ii) difundir en el portal institucional de la Sunass el referido proyecto de resolución, sus anexos, su exposición de motivos y el proyecto de estudio tarifario que lo sustenta y iii) realizar la audiencia pública correspondiente el -- de - de --. Que, la Dirección de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en el Anexo (…) del estudio tarifario que sustenta la propuesta fi nal de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por SEMAPACH para el periodo regulatorio 2024-2028. Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de la SEMAPACH y disponer la constitución del fondo para fi nanciar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa prestadora.Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres 4, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma, considerando el efecto del cambio climático. Que, teniendo en cuenta la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento 5 y su reglamento6, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven a la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos. Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la Sunass y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del -- de -- de --. HA RESUELTO:Artículo 1°.- Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EPS SEMAPACH S.A. en el periodo regulatorio 2024-2028, así como los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, las cuales se encuentran descritas en el Anexo Nº 1 de la presente resolución. Artículo 2°.- Aprobar la fórmula tarifaria que aplicará EPS SEMAPACH S.A. en el periodo regulatorio 2024- 2028, de acuerdo con lo especi fi cado en el Anexo Nº 2 de la presente resolución. Artículo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria del periodo regulatorio 2024-2028 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EPS SEMAPACH S.A. , conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 3 de la presente resolución . Artículo 4°.- Disponer la creación de: un fondo para fi nanciar las inversiones con recursos internamente generados por EPS SEMAPACH S.A ., así como las reservas para la: 1) implementación de gestión del riesgo de desastres (GRD), 2) implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE), 3) implementación del plan de control de calidad (PCC) y 4) co stos de mantenimiento de infraestructuras y reposición de equipos y maquinarias. Para constituir el fondo de inversiones y las reservas para la: 1) implementación de la gestión del riesgo de desastres (GRD); 2) implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE); 3) implementación del plan de control de calidad (PCC) y 4) costos de mantenimiento de infraestructuras y reposición de equipos y maquinarias, EPS SEMAPACH S.A. deberá abrir las respectivas cuentas en el sistema bancario, así como depositar mensualmente durante los años del periodo regulatorio 2024-2028, los porcentajes de ingresos por la prestación de servicios de agua potable, alcantarillado y cargo fi jo (sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal) que se indican en el Anexo Nº 4 de la presente resolución. Si se comprobara un uso distinto de los recursos o que no se hayan efectuado las transferencias correspondientes al fondo de inversiones o a las reservas antes señaladas, la Sunass tomará las acciones correspondientes de conformidad con el Reglamento General de Fiscalización y Sanción 7, así como también comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social de EPS SEMAPACH S.A. y a la Contraloría General de la República. Artículo 5°.- Aprobar los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que EPS SEMAPACH S.A. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 5 de la presente resolución y resultan de aplicación a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 6°.- El inicio del periodo regulatorio será computado a partir del primer día del mes calendario siguiente a la publicación de la presente resolución tarifaria, y la aplicación de la estructura tarifaria aprobada se considerará a partir del primer ciclo de facturación siguiente al inicio del periodo regulatorio. Artículo 7°.- La presente resolución, sus anexos y su exposición de motivos deberán publicarse en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional de la Sunass