Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (17/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Domingo 17 de setiembre de 2023 El Peruano / Que, la región Puno ocupa el primer lugar a nivel nacional con el mayor número de personas con discapacidad, según el censo nacional realizado por el INEl, en donde la población total tiene algún tipo de discapacidad; por tanto, dicho sector poblacional debe ser atendido muy prioritariamente y las propuestas en materia de discapacidad deben ser incluidos en los planes de desarrollo de la región y el país; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1417 - Decreto Legislativo se promueve la Inclusión de las Personas con Discapacidad, el cual tiene por objeto establecer disposiciones para promover y fortalecer la inclusión de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad, a través de medidas especí fi cas que garanticen el ejercicio de sus derechos fundamentales; Que, una de las formas de equiparar las oportunidades e incluir socialmente a las personas con discapacidad, es brindándoles los servicios de rehabilitación que les permitirá potenciar al máximo la capacidad de vivir normalmente y a reforzar la independencia y autonomía; Que, el artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional reglamentando materias de su competencia; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, conforme a la estación Orden del Día se tiene agendado el Dictamen Nº 002-2023-GRP-CR/CONJyPV-GBT; presentado por los miembros de la Comisión Ordinaria del Niño, Juventud y Poblaciones Vulnerables quienes sustenta el estudio y aprobación del Dictamen, indicando que dicha propuesta cuenta con el Informe Técnico Nº 002-2023-GR PUNO/GRDS/OREDIS, de la O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad, el Informe Nº 03-2023-GRPUNO/GRDS-RWGP, de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Opinión Legal Nº 258-2023-GR PUNO-ORAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Puno, quienes opinan favorablemente para la aprobación de la Ordenanza Regional, haciendo hincapié que su aprobación se ampara en la Carta Magna en la cual establece la protección al discapacitado, estableciendo derechos a su salud, al medio familiar y de la comunidad, así como al deber de contribuir a su promoción y defensa; Que, el Pleno del Consejo Regional, conforme a la documentación alcanzada y al sustento correspondiente, se procede a realizar la votación entre sus miembros siendo aprobado con 17 votos a favor; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Ley Nº 29053, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, la Ley Nº 28961 y la Ley Nº 31433. El Pleno del Consejo Regional, por mayoría legal; ORDENA: Artículo Primero.– DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL, la “Creación del Centro Ocupacional Integral de Reinserción Laboral y Desarrollo de Capacidades para las Personas con Discapacidad de la región de Puno”, asignándosele un fi nanciamiento conforme a las recomendaciones del Informe No 03-2023-GR PUNO/GRDS-RWGP, en aplicación a lo establecido en la Ley 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad. Artículo Segundo.– ENCARGAR, a la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Puno, realizar las acciones necesarias y pertinentes ante las entidades correspondientes para la implementación para la creación de centros especializados de atención médica, zonas de confort y distracción para la población vulnerable en la principales ciudades del ámbito de la región de Puno, donde se instalen áreas de atención primaria de salud, fortalecimiento de la movilidad y motricidad con apoyo especializado, cafeterías y lugares de entrenamiento y biohuertos, esto en coordinación con las entidades públicas y privadas. Artículo Tercero.– ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la asignación de presupuesto para la implementación del Centro Ocupacional Integral de Reinserción Laboral y Desarrollo de Capacidades para las Personas con Discapacidad de la región Puno. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, disponga la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.Comuníquese al Señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 15 días del mes de mayo del año 2023. ALFREDO UCHARICO URUCHI Presidente Del Consejo Regional Mando se publique, registre, cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 17 días del mes de mayo del año 2023. RICHARD HANCCO SONCCO Gobernador Regional 2215538-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza 1081 ORDENANZA N° 2553 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO: VISTOS: En sesión ordinaria de la fecha; el Dictamen N° 023-2023-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; En uso de las facultades señaladas en el artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO APROBADO POR ORDENANZA N° 1081-MML Artículo 1.- DECLARAR FAVORABLE el cambio especí fi co de zoni fi cación del distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza 1081-MML, publicada el 7 de octubre de 2007 en el diario o fi cial “El Peruano”, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU) para el predio de 1,319.20 m2 ubicado en el pueblo joven Jesús Oropeza Chonta, Mz. Q, Lote 3, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; solicitado por la Dirección de