NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (17/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 72
72 NORMAS LEGALES Domingo 17 de setiembre de 2023 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS: El Memorando Nº 609-2023-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 258-2023-OAJ/MVES de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº1348-2023-OPP/MVES de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe Nº 057-2023-GDIS/MVES de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social y el Informe Nº 0517-2023-SGSSBSDOC-GDIS/MVES de la Subgerencia de Salud Sanidad y Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED Y CIAM), sobre aprobación de Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, asimismo el artículo 4º de la Carta Magna precisa: “La comunidad y el Estado protegen, entre otros, al anciano en situación de abandono (…).”; de igual modo, el artículo 7º señala: “Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una de fi ciencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.” Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde entre otras: ¨Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas¨; y el artículo 42° señala que: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; Que, la Ley Nº 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, tiene por objeto establecer un marco normativo que garantice el ejercicio de los derechos de la persona adulta mayor, a fi n de mejorar su calidad de vida y propiciar su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural de la Nación, a su vez de fi ne a las personas adultas mayores como aquellas que tenga 60 o más años de edad; así también establece que la creación de los centros integrales de atención al adulto mayor (CIAM) es a cargo de los gobiernos locales; Que mediante Decreto Supremo Nº 024-2021-MIMP, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, en cuyo artículo 11º señala:”11.1 Los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor, en adelante CIAM, constituyen servicios especializados, creados por los Gobiernos Locales, para la promoción y protección de los derechos de todas las personas adultas mayores, así como para la prevención y atención de situaciones de riesgo.” y “11.2 A través de los CIAM se coordina y articula con instituciones públicas, privadas y la sociedad civil para la atención de la temática de las personas adultas mayores de su jurisdicción, promoviendo estilos de vida saludables y el autocuidado de salud, así como su participación e integración social, económica, política y cultural, fortaleciendo su autonomía, independencia y calidad de vida.”; Que, mediante Ordenanza Nº 212-MVES, se constituye el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador, adecuado posteriormente con la Ordenanza Municipal Nº 370-MVES, al amparo de la Ley Nº 30490; asimismo mediante Decreto de Alcaldía Nº 013-2017-ALC-MVES, se aprobó el Reglamento de funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; Que, con Resolución Ministerial Nº 060-2020-MIMP, se aprobó la “Guía Práctica para la Implementación y Funcionamiento de los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor - CIAM”, con el objeto de establecer pautas y recomendaciones para la implementación y e fi ciente funcionamiento de los Centros de Atención del Adulto Mayor, siendo que en el Capítulo II Implementación de los CIAM, en el numeral 2.2.1 se establece que el Reglamento Interno es un documento necesario para a la gestión del CIAM, el mismo que se aprueba por Decreto de Alcaldía a la propuesta de la Gerencia de Desarrollo Social o la que haga sus veces; precisando que el Reglamento Interno establece las obligaciones de los servidores civiles que prestan servicio al CIAM, los derechos del usuario, las pautas mínimas de convivencia que se debe tener en cuenta durante el uso del servicio en el Centro Integral de Atención al Adulto mayor (CIAM), así como los procedimientos para la admisión y retiro de los usuarios del servicio entre otros; Que, mediante el Informe Nº 517-2023-SGSSBSDOC- GDIS/MVES la Subgerencia de Salud, Sanidad y Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED Y CIAM), propone el proyecto de “Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador”, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 30490 – Ley de la Persona Adulta Mayor y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2021-MIMP; precisando que la referida propuesta cumple con los lineamientos dados por la “Guía Práctica para la Implementación y Funcionamiento de los Centros Integrales de atención al Adulto Mayor - CIAM”, aprobada con Resolución Ministerial N° 060-2020-MIMP y que su aprobación permitirá el buen funcionamiento de los dos (02) Centros integrales de Atención del Adulto Mayor CIAM del distrito de Villa El Salvador, logrando la participación e integración social, económica y cultural de la persona adulta mayor de sesenta (60) años a más de nuestra jurisdicción; propuesta rati fi cada por la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, con el Informe Nº 0057-2023-GDlS/MVES; Que, mediante Informe Nº 1348-2023-OPP/MVES, la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto considerando la “Guía Práctica para la Implementación y Funcionamiento de los Centros Integrales de atención al Adulto Mayor - CIAM”, aprobada con Resolución Ministerial N° 060-2020-MIMP, re fi ere que en su oportunidad otorgará el presupuesto necesario para las Actividades del Centro Integral del Adulto Mayor (CIAM), descritas en el Reglamento, por lo que considera que es factible la aprobación de la misma; Que, mediante Informe Nº 250-2023-OAJ/MVES, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de un Decreto de Alcaldía que apruebe el “Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador”; ello al amparo de lo estipulado en el numeral 6) del artículo 20° y artículo 42° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y a la “Guía Práctica para la Implementación y Funcionamiento de los Centros Integrales de atención al Adulto Mayor - CIAM”, aprobada con Resolución Ministerial N° 060-2020-MIMP en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 30490 – Ley de la Persona Adulta Mayor y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2021-MIMP; Que, con Memorando N° 609-2023-GM/MVES, la Gerencia Municipal, teniendo en consideración los informes técnicos y legal emitido, hace suya la propuesta y solicita se emita el Decreto de Alcaldía mediante el cual se apruebe el “Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador”, Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20° y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13° de la Ordenanza N° 479-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES;