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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Sábado 23 de setiembre de 2023 El Peruano / Comandante FAP MARIO ENRIQUE MINAYA MEDINA DNI Nº 43730998, NSA Nº O-9705300Mayor FAP RENZO ENRIQUE LLAMOSAS CONSIGLIERIDNI Nº 43717824, NSA Nº O-9715501Mayor FAP PERCY ANTONIO PALOMINO SAAVEDRADNI Nº 42744242, NSA Nº O-9726603Mayor FAP GUILLERMO RICARDO GIL PÉREZDNI Nº 42056378, NSA Nº O-9720702Capitán FAP CARLOS EDUARDO ÁGUILA ALCARRAZDNI Nº 46320005, NSA Nº O-9787909Técnico de Segunda FAP EDYNSON PAZ MIODNI Nº 40252462, NSA Nº S-60889899Técnico de Segunda FAP JULIO CÉSAR LIPA LIPADNI Nº 43973043, NSA Nº S-16151499Técnico Inspector FAP SANTIAGO CHAHUA VALLEDNI Nº 29349844, NSA Nº S-60621090Técnico de Primera FAP ESTEBAN SANTOS GALLARDODNI Nº 43385493, NSA Nº S-60739593Técnico de Segunda FAP MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ SILVADNI Nº 43385551, NSA Nº S-60881699 Técnico de Segunda FAP DANIEL REYES ZA PATA DNI Nº 40741915, NSA Nº S-60885999Técnico de Tercera FAP MIGUEL ÁNGEL ARTURO HILARES HILARESDNI Nº 46085831, NSA Nº S-61020608 TRIPULACIÓN ALTERNA:Coronel FAP CARLOS ERICK CHÁVEZ ARÉVALO DNI Nº 43383834, NSA Nº O-9631893Comandante FAP LUIS ENRIQUE MORALES CHÁVEZDNI Nº 40396840, NSA Nº O-9680498Mayor FAP KAROL WERNER VÁSQUEZ GARCÍADNI Nº 43057652, NSA Nº O-9734604Mayor FAP RAÚL OTTO VELA CÁRDENASDNI Nº 44377178, NSA Nº O-9745105Mayor FAP RENATO RUBÉN FIGUEROA VÁSQUEZDNI Nº 44004847, NSA Nº O-9758406Técnico de Primera FAP NILTON ACEVEDO DAMIÁNDNI Nº 16021238, NSA Nº S-60822596Técnico de Segunda FAP GIANCARLO CHRISTIAN MENACHO CALDASDNI Nº 40164824, NSA Nº S-60878999Técnico Inspector FAP RUBÉN TEÓFILO LA TORRE PÉREZDNI Nº 43574097, NSA Nº S-60741393Técnico de Primera FAP RÉGULO RANGEL CASTILLO PALACIOSDNI Nº 08689251, NSA Nº S-60739293Técnico de Primera FAP MIGUEL ÁNGEL RUEDA GONZADNI Nº 09895359, NSA Nº S-60755293 Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación principal. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 370.00 x 8 días x 14 personas x 40% = US $ 16,576.00 Total a pagar en dólares americanos = US $ 16,576.00 Artículo 4.- El personal militar FAP participante en la mencionada actividad será trasladado en aeronave de la Institución Armada tanto de ida como de vuelta; asimismo, los gastos de alojamiento serán cubiertos por la Fuerza Aérea de la República Argentina, con excepción de los gastos de alimentación y transporte local. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modi fi catoria.Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2217688-1 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00951-2023-DE Lima, 21 de setiembre del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 5906/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 02360-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01515-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 28 de junio de 2023, la Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima y Autoridades de Faros (IALA) hace extensiva la invitación a la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú, como Miembro Nacional de la IALA, para participar en la Primera Sesión del Comité de Tecnologías Digitales (DTEC1) de la citada Asociación Internacional, a realizarse en la ciudad de Saint-Germain-en-Laye, República Francesa, del 25 al 29 de setiembre de 2023; Que, con O fi cio Nº 1811/51, la Dirección Accidental de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú informa a la Secretaría Administrativa y de Relaciones Internacionales de la Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima y Autoridades de Faros (IALA), la designación del Capitán de Navío VICTOR MANUEL VIVANCO MOSCOSO, para que participe en la referida actividad; Que, a través del Informe Legal Nº 97-2023-OAL/ DIHIDRONAV, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior del mencionado O fi cial Superior, en comisión de servicio, con la fi nalidad de participar en la Primera Sesión del Comité de Tecnologías Digitales (DTEC1) de la Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima y Autoridades de Faros (IALA), a realizarse en la ciudad de Saint-Germain-en-Laye, República Francesa, del 25 al 29 de setiembre de 2023; Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la citada comisión de servicio, por cuanto, le permitirá adquirir conocimientos y experiencias que redundarán bene fi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, la Hoja de Gastos Nº 201-2023, suscrita por la O fi cina General de Administración y por la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú, señala que los gastos por pasajes aéreos, pasajes terrestres y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, con Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 199-2023, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas