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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / Cuarto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ de fecha 16 de diciembre de 2022, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone la creación de órganos jurisdiccionales permanentes en 27 Cortes Superiores de Justicia, estas son: Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martin, Santa, Selva Central, Sullana, Tacna y Ucayali; en mérito al O fi cio N° 001176-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ presentado por el Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial. Quinto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000360-2023-CE-PJ de fecha 24 de agosto de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en órganos jurisdiccionales que por redistribución conocerán expedientes judiciales electrónicos en las Cortes Superiores de Justicia del país, conforme a la propuesta planteada por la Gerencia de Informática y en atención al informe N° 048-2023-ST-CT-EJE-PJ, elaborado por la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que se sustenta en el O fi cio N° 0001679-2023-GI-GG-PJ de la Gerencia de Informática, donde se indica la necesidad que los órganos jurisdiccionales creados mediante la Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ, que recibirán por redistribución expedientes electrónicos, deben disponer de las funcionalidades del Expediente Judicial Electrónico y en consecuencia incluirlos en el proyecto de implementación del Expediente Judicial Electrónico que viene ejecutándose en el presente ejercicio. Sexto. Que, con la fi nalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico efectuó coordinaciones con la Gerencia de Informática, quienes mediante Ofi cio N° 001812-2023-GI-GG (4.9.2023) e Informe N° 000213-2023-CPY-SDSI-GI-GG (31.8.2023) y Ofi cio N° 001818-2023-GI-GG (4.9.2023) e Informe N° 000218-2023-CPY-SDSI-GI-GG (04.09.2023), acotados con el O fi cio N° 1872-2023-GI-GG (12.9.2023) e Informe N° 000224-2023-CPY-SDSI-GI-GG (11.9.2023), indican que durante el desarrollo de sus actividades, el equipo de implementación del Expediente Judicial Electrónico procedió a realizar el levantamiento de información con las Cortes Superiores de Justicia, a fi n de identi fi car los nuevos órganos jurisdiccionales los cuales aplican al Expediente Judicial Electrónico; obteniéndose como resultado la identi fi cación de treinta y nueve órganos jurisdiccionales que gestionarían proceso con las funcionalidades del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y de ese total veintiséis órganos jurisdiccionales ya disponen de las referidas funcionalidades al haber sido confi gurados por el personal informático adscrito a las Cortes Superiores de Justicia, especi fi cando que se tiene trece órganos jurisdiccionales que están pendientes de puesta en marcha. Sétimo. Que, existiendo la necesidad de brindar las facilidades para el cumplimiento de las disposiciones del Consejo Ejecutivo como parte de las acciones de fortalecimiento de la transformación digital, estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico (POI) y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2023, y a fi n de no afectar el trámite de los procesos judiciales en la plataforma que opera el Expediente Judicial Electrónico (EJE) en los diversos Distritos Judiciales a nivel nacional; es conveniente que se viabilice el despliegue de las funcionalidades necesarias del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en los referidos órganos jurisdiccionales que estarían siendo incorporados al EJE, y de esta manera dar cumplimiento al mandato contenido en la Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ y Resolución Administrativa N° 000360-2023-CE-PJ, referente a la gestión de los expediente judicial electrónicos pendientes de redistribución. Octavo. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 1609- 2023 de la cuadragésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 27 de setiembre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la implementación de las funcionalidades del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en los órganos jurisdiccionales que por redistribución conocerán expedientes judiciales electrónicos en las Cortes Superiores de Justicia, conforme a la propuesta de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, y en el marco de la Resolución Administrativa N°000360-2023-CE-PJ; a partir del 2 de octubre de 2023, circunscribiéndose en las sedes judiciales y órganos jurisdiccionales siguientes: N° CSJ Provincia Distrito Dependencia destino Especialidad 1 Huánuco Huamalíes MonzónJuzgado Civil permanente del distrito de MonzónFamilia Alimentos 2 Huánuco Huamalíes MonzónJuzgado Civil permanente del distrito de MonzónFamilia Tutelar 3 Huánuco Huamalíes Monzón Juzgado de Paz Letrado Familia Alimentos 4 Huaura Huaura Huacho 3° Juzgado de Familia Familia Alimentos 5 Huaura Barranca Supe Juzgado Civil Familia Alimentos 6 Huaura Huaral Aucallama Juzgado de Paz Letrado Familia Alimentos 7 Lima Sur Lima Villa María del Triunfo 2° Juzgado de Familia Familia Alimentos 8 Lima Sur Lima Lurín Juzgado de Familia Familia Alimentos 9 Lima Sur Lima Pachacamac Juzgado Civil Familia Alimentos 10 Lima Sur Lima Pachacamac Juzgado de Paz Letrado Familia Alimentos 11 Lima Sur Lima Villa El Salvador 2° Juzgado de Familia Familia Alimentos 12 Ucayali Coronel Portillo Yarinacocha Juzgado de Familia Familia Alimentos 13 Ucayali Coronel Portillo Yarinacocha Juzgado de Familia Familia Tutelar Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco, Huaura, Lima Sur y Ucayali, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución.