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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Programa Presupuestal por Resultado 0067-Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia, Programa Nacional para la implementación de la Ley N° 30364, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco, Huaura, Lima Sur y Ucayali; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2220614-1 Aprueban la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la Corte Superior de Justicia de Ancash, en órganos jurisdiccionales que atienden procesos de la especialidad civil bajo el alcance de la oralidad civil Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000400-2023-CE-PJ Lima, 29 de septiembre del 2023VISTO:El O fi cio N° 000137-2023-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, la señora Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial mediante O fi cio N° 000137-2023-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la Corte Superior de Justicia de Ancash, para órganos jurisdiccionales que atienden procesos de la especialidad civil bajo el alcance de la oralidad civil, que se encuentra enmarcada en el cumplimiento del Objetivo Estratégico de Fortalecer el Desarrollo de la Transformación Digital en el Poder Judicial, considerado en el Plan Estratégico Institucional para el periodo 2021-2030. Segundo. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico tiene como objetivo fortalecer y consolidar los avances que ha obtenido el Poder Judicial con el uso de Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como la ampliación y sostenibilidad a los resultados que vienen generando indicadores positivos en las Cortes Superiores de Justicia y en la Corte Suprema de Justicia de la República (Penal) donde se han desplegado las operaciones del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) para diferentes especialidades; actividades y metas concordantes con los objetivos estratégicos considerados en el Plan Operativo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (POI EJE). Tercero. Que, las actividades y resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, corresponden a objetivos estratégicos del Poder Judicial, considerados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 136-2021-P-PJ que promueve implementar el Expediente Judicial Electrónico en las Cortes Superiores de Justicia en materia No Penal y Penal (OEI.05.02. y OEI.05,03), objetivos que se enlazan con Políticas Públicas Nacionales, como: La Política General de Gobierno para el Periodo 2021-2026 (D.S. N° 164-2021-PCM) en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. N° 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. N° 237-2019-EF), y la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. N° 004-2013-PCM). Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación y a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia; así como en la Corte Suprema de Justicia de la República, concretado en novecientos ocho órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del expediente judicial electrónico, en las especialidades Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil sub especialidad Comercial y Oralidad Civil, Familia subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes; así como, Penal en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada para la etapa intermedia; y en la Corte Suprema de Justicia de la República, para los procesos dentro del alcance de lo aprobado mediante la Resolución Administrativa N° 000187-2021-CE-PJ y Resolución Administrativa N° 000201-2022-CE-PJ. Quinto. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 055-2023-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el informe elaborado por la Gerencia de Informática de la Gerencia General remitido mediante O fi cio N° 001935-2023-GI-GG-PJ, en el cual proponen la implementación del EJE en la Corte Superior de Justicia de Ancash, en órganos jurisdiccionales que atienden procesos de la especialidad civil bajo el alcance de la oralidad civil, para el periodo 2023; y de manera concordante con la solicitud efectuada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash mediante Ofi cio N° 001151-2023-CSJAN-P-PJ. Sexto. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, extendiendo la transformación digital a más órganos jurisdiccionales y en más especialidades, promoviendo la gestión por procesos, el uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional y brindar acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos más transparentes, seguros y céleres, resulta factible la propuesta presentada. Sétimo. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 1610- 2023 de la cuadragésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 27 de setiembre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la Corte Superior de Justicia de Ancash, en órganos jurisdiccionales que atienden procesos de la especialidad civil bajo el alcance de la oralidad civil, conforme a la propuesta de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial. En consecuencia, disponer que la Presidencia