Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (06/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Sábado 6 de abril de 2024 El Peruano / de Perú a Chile”, la misma que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 21 al 25 de abril de 2024; y cuyas instituciones ejecutoras son la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) de la República del Perú y la Superintendencia de Salud (SUPERDESALUD) de la República de Chile; Que, mediante el Informe N° 0030-2024-APCI/ DGNI, de 21 de marzo de 2024, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, ha señalado que la referida actividad tiene como objetivo que los funcionarios de SUPERDESALUD Chile conozcan el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), su regulación y la fi scalización de la cobertura de prestaciones, y que los comisionados de SUSALUD conozcan las metodologías y herramientas empleadas para el desarrollo de las acciones de supervisión de los planes de bene fi cios cubiertos por el Fondo Nacional de Salud (FONASA) y las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES); asimismo, ha informado que para la implementación de la mencionada actividad, SUSALUD ha designado a los funcionarios peruanos Juan Carlos Velasco Guerrero y Luis Melchor Loro Chero, concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de los dos (2) funcionarios de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) de la República del Perú, en calidad de capacitadores y expositores peruanos; Que, de conformidad con lo establecido en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 por el numeral v. de la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales que irrogue el desplazamiento de los citados cooperantes peruanos serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; Que, la participación de los cooperantes peruanos se inscribe en el marco de lo dispuesto en la “Directiva que establece el procedimiento de adquisición de pasajes, asignación de viáticos y rendición de cuentas en el marco de la gestión de la Oferta Peruana de Cooperación Técnica Internacional”, aprobada por la Resolución Directoral Ejecutiva N° 080-2019/APCI-DE; Que, mediante la Memoranda N° 0050-2024-APCI/ OPP, N° 0080-2024-APCI/OPP y N° 0086-2024-APCI/OPP, de 25 de enero, 14 y 16 de febrero de 2024, respectivamente, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI ha emitido las Notas N° 0000000027, N° 0000000039 y N° 0000000043, otorgando la certi fi cación de crédito presupuestario y las ampliaciones que permitirán atender el citado gasto; Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, mediante el Informe N° 0060-2024-APCI/OAJ, de 20 de marzo de 2024, ha emitido opinión favorable respecto a la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum N° DCI003162024, de 22 de marzo de 2024, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha veri fi cado que lo requerido por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación; De conformidad con la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; y, el Decreto Supremo N° 028-2007-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de gasto Se autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de los cooperantes peruanos Juan Carlos Velasco Guerrero y Luis Melchor Loro Chero, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la actividad denominada “1era Pasantía de Perú a Chile” del Proyecto denominado “Asistencia Técnica e Intercambio de experiencias para el mejoramiento de modelos de regulación y fi scalización, buenas prácticas, metodologías, herramientas y otros, entre SUSALUD Perú y SUPERDESALUD Chile”, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 21 al 25 de abril de 2024, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos internacionales Lima-Santiago- Lima (USD)Seguros personales (USD)Viáticos por día (USD)Número de díasTotal de viáticos (USD) Juan Carlos Velasco Guerrero1,188.56 40.06 370.00 3 1110.00 Luis Melchor Loro Chero1,188.56 53.41 370.00 5 1850.00 Artículo 2.- Remisión de informe La Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI remite al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado, con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, con base a la presente autorización. Artículo 3.- Pago de impuestos o derechos aduaneros La presente resolución ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2276385-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES