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7 NORMAS LEGALES Viernes 19 de abril de 2024 El Peruano / En Lima, a los diecisiete días del mes de abril de dos mil veinticuatro. ALEJANDRO SOTO REYES Presidente del Congreso de la República ARTURO ALEGRÍA GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República 2281069-2 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI RESOLUCIÓN SUPREMA N° 114-2024-PCM Lima, 18 de abril de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 051- 2023-PCM, se designó a la señora KARIN CACERES DURANGO en el cargo de miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien a su vez presidirá dicho Consejo; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo, la misma que es pertinente aceptar; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la ley de organización y funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, dispone que el Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI será designado por el Presidente de la República, entre uno de los propuestos por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante la Resolución Suprema N° 106- 2024-PCM se designó al señor ALBERTO VILLANUEVA ESLAVA como miembro del Consejo Directivo del INDECOPI, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, por lo expuesto, corresponde designar al consejero ALBERTO VILLANUEVA ESLAVA en el cargo de Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1544, Decreto Legislativo que dispone la aplicación de la Ley N° 31419 a los funcionarios públicos de los organismos técnicos especializados que, teniendo causales de remoción, son de libre designación; y, el Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de organización y funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la señora KARIN CACERES DURANGO, al cargo de miembro y Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, dándosele las gracias por los servicios prestados.Artículo 2.- Designar al consejero ALBERTO VILLANUEVA ESLAVA en el cargo de Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2281069-3 Amplían periodo de vigencia de la “Mesa de Diálogo para abordar la problemática social que generan las inundaciones en el ámbito de la cuenca del río La Leche, analizando las alternativas de solución como el embalse La Calzada en el río La Leche en la región Lambayeque, entre otras” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO Nº 001-2024-PCM/SGSD Lima, 15 de abril de 2024 VISTO: El Informe N° D000097-2024-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los con fl ictos sociales en el territorio nacional; Que, los literales h) y l) del artículo 105 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 013-2022-PCM/SGSD, se conforma el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para abordar la problemática social que generan las inundaciones en el ámbito de la cuenca del río La Leche, analizando las alternativas de solución como el embalse La Calzada en el río La Leche en la región Lambayeque, entre otras”; Que, el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 013-2022- PCM/SGSD, modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 005-2023-PCM/SGSD y Nº 018-2023-PCM/SGSD, dispone que la Mesa de Diálogo tiene vigencia hasta el 19 de abril de 2024, siendo que dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica;