Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (16/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Viernes 16 de agosto de 2024 El Peruano / Gerente Municipal mani fi esta que contando con los informe técnicos y legales se deriva a la O fi cina General de Secretaría General a fi n de derivar el proyecto de Actualización del TUPA de la MPC. Que, estando a lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 15) del Artículo 9º y el inciso 5) del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Comisión de Plani fi cación, Economía y Administración Municipal. Que, mediante Informe Nº 1862-2024-OGSG -MPC, de fecha 11 de julio del 2024, en la cual la O fi cina General de Secretaría General, remite el proyecto de Actualización del TUPA de la MPC, al presidente de la Comisión de Plani fi cación, Economía y Administración Municipal de para su evaluación, y deliberación correspondiente, y posteriormente sea elevado al Pleno del Concejo Municipal Que, mediante Dictamen Nº 06-2014-MPC-CPEAM, recepcionado el 12 de julio del 2024, la Comisión de Plani fi cación, Economía y Administración Municipal, dictamina que resulta factible que el Pleno de Concejo Municipal, previo debate pueda aprobar la actualización del TUPA de la Municipalidad Provincial de Cañete; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º y 40º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNANIME de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ACTUALIZA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Artículo Primero.- ACTUALIZAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE, por modi fi cación e inclusión de nuevos procedimientos administrativos, propuesto con el Informe Nº 0376-2024-RELR-OGPPYTI-MPC, de fecha 10 de julio del 2024, el Jefe de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información, cuyo anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda realizar las modi fi caciones y/o actualizaciones necesarias con la fi nalidad de mejorar dicho instrumento de gestión. Artículo Tercero.- DEROGAR toda imposición municipal que se oponga a la ordenanza que recaerá en los presentes actuados. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Administración y Finanzas, Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información y demás unidades orgánicas competentes, tomas las acciones necesarias para la adecuación e implementación del TUPA aprobado con la presente ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como notifi car a las unidades de organización correspondientes paras su conocimiento y fi nes pertinentes; además, a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Tecnología de la Información de la Municipalidad Provincial de Cañete, para la publicación de la misma en el portal de la entidad (www.municanete.gob.pe ). POR LO TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ TOMAS ALCÁNTARA MALASQUEZ Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2313840-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLMOS Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Olmos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2022-MDO/CM Olmos, 7 de diciembre de 2022 VISTO: El INFORME Nº 284-2022-MDO/SPRP, del 02 de diciembre de 2022 y el INFORME LEGAL Nº 806-2022-SGAJ-MDO, de fecha 06 de diciembre de 2022, de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, se propone para su aprobación el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Olmos, habiéndose realizado la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 07 de diciembre de 2022, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece en su artículo 40 que los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante ordenanza municipal, y que dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, aprobados por cada entidad. Por su parte, el artículo 53, señala que procede establecer derechos de tramitación en los procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio especí fi co e individualizable a favor del administrado, o en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; Que, asimismo el artículo 43º establece la obligación de todas las entidades públicas de elaborar, aprobar o gestionar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, el que comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario O fi cial, así como la cali fi cación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática, entre otros; Que, el artículo 68º del Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que: “Las Municipalidades podrán imponer las siguientes tasas: (…) b) Tasas por servicios administrativos o derechos: son las tasas que debe pagar el contribuyente a la Municipalidad por concepto de tramitación de procedimientos administrativos, siempre y cuando involucre el desarrollo de un procedimiento o servicio de la Municipalidad para el contribuyente; Que, en ese contexto, el artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444, aprobado mediante D.S. Nº 004-2019- JUS, prescribe que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos