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70 NORMAS LEGALES Viernes 16 de agosto de 2024 El Peruano / con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”. En ese sentido resultan coincidentes los fi nes asignados a las mancomunidades regionales con los fi nes de este Gobierno Regional; Que, es cierto, el artículo 10 de la Ley N° 30804, que modi fi ca la Ley Nº 29768, establece “Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente lay, los gobiernos regionales efectúan las transferencias fi nancieras o presupuestales a la mancomunidad regional mediante Resolución Ejecutiva Regional y de conformidad con la legislación sobre la materia”; Que, el literal g) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024, establece que: “Se autoriza, en el presente año fi scal, la realización de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras, conforme se detalla a continuación: “Las que se efectúen en aplicación de la Ley N° 29768-Ley de Mancomunidad Regional, y modi fi catorias. Para la aplicación de lo dispuesto por el artículo 10 de la mencionada ley. las transferencias de recursos se efectúan previa suscripción de convenio con cada uno de los gobiernos regionales conformantes de la mancomunidad sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público”; Que, asimismo, el numeral 13.2 de la citada Ley de Presupuesto, re fi ere: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”; Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional Nº 015-20024-GORE-ICA de fecha 01 de abril del 2024, se acuerda “autorizar, en cumplimiento a lo dispuesto mediante la Ley N° 30804 la Transferencia fi nanciera de la suma de S/ 8,409,012.00 (Ocho millones cuatrocientos nueve mil con doce y 00/100 soles) a favor de la Mancomunidad Regional de los Andes, conforme lo solicitado por dicha Mancomunidad y de acuerdo al requerimiento planteado por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de esta Sede Regional, como también estando al informe favorable”; Que, el Convenio de Transferencia Financiera entre la Mancomunidad Regional de los Andes y el Gobierno Regional de Ica de fecha 29 de abril del 2024, tiene por objeto, “La transferencia fi nanciera que el GORE ICA realizará a favor de LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES destinado para la ejecución del proyecto con código único N° 2430118 “RECUPERACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REGULACIÓN HIDRICA DE LA CABECERA DE LA CUENCA DEL RIO ICA, EN 6 DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE HUAYTARA – DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA”, por el importe de OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL CON DOCE Y 00/100 SOLES (S/. 8,409,012.00), autorizados mediante Acuerdo de Consejo Regional N 015-2024-GORE-ICA de fecha 01 de abril de 2024”; Que, con el o fi cio Nº 011-2024-MRDLA-DE/JQA de fecha 10 de enero del 2024 y el o fi cio N° 079-2024-MRDLA- DE/JOA de fecha 03 de abril del 2024, suscrito por el Ing. Jesús O. Quispe Arones en calidad de director ejecutivo de la Mancomunidad Regional de los Andes, se solicita la transferencia fi nanciera para la continuidad de ejecución del proyecto “ Recuperación de los Servicios de Regulación Hídrica en la Cabecera de la Cuenca del rio Ica, en 6 distritos de la provincia de Huaytará-departamento de Huancavelica” correspondiente a los OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL DOCE Y 00/100 SOLES (S/. 8,409,012.00); Que, en atención a ello, con el Informe Nº716-2024- GORE.ICA-GRPPAT-SPRE de fecha 25 de julio del 2024 expedido por el Subgerente de Presupuesto, se informó la modi fi cación presupuestal y priorización del PCA en modulo SIAF-Web, con la Nota Nº000000532 en la fuente de fi nanciamiento: Recursos Ordinarios por un monto de S/ 8,409,012.00 soles; Que, seguidamente con el Memorando N°4453-2024- GORE.ICA/GRAF/SGASG de fecha 31 de julio del 2024 expedido por el Subgerente de Abastecimiento y Servicios Generales, se solicita al Subgerente de Presupuesto la certi fi cación presupuestal a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Que, entonces con Memorando Nº 4273 -2024- GORE.ICA-GRPPAT/SPRE de fecha 01 de agosto del 2024 expedido por el Subgerente de Presupuesto, se informa a la Subgerencia de Abastecimiento que cuenta con el Crédito presupuestario disponible, para cuyo efecto anexa la Certi fi cación de crédito presupuestario Nota Nº0000005268; es así que, con el Informe Nº1925- 2024-GORE.ICA/GRAF/SGASG de fecha 02 de agosto del 2024, expedido por el Subgerente de Abastecimiento y Servicios Generales, se remite a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº0000005268 a fi n de proseguir con el trámite correspondiente; Que, estando a lo expuesto, corresponde a este despacho emitir la Resolución Ejecutiva Regional que apruebe la transferencia fi nanciera solicitada por la Mancomunidad Regional de los Andes en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024, el Acuerdo de Consejo Regional Nº 015-2024-GORE.ICA y el Convenio de Transferencia Financiera entre la Mancomunidad Regional de los Andes y el Gobierno Regional de Ica; Que, la presente Resolución Ejecutiva Regional se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; de conformidad con lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, estando a la visación de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración y Finanzas, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional del Gobierno Regional Ica; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus normas modi fi catorias, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR, la Transferencia Financiera solicitada por la Mancomunidad Regional de los Andes, para la ejecución del proyecto con código único N° 2430118, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024, el Acuerdo de Consejo Regional Nº 015-2024 GORE- ICA y el Convenio de Transferencia Financiera entre la Mancomunidad Regional de los Andes y el Gobierno Regional de Ica, de acuerdo al siguiente detalle: CUI DETALLEMONTO A TRANSFERIR 2430118EJECUCION DEL PROYECTO CON CUI N°2430118 “RECUPERACION DE LOS SERVICIOS DE REGULACION HIDRICA EN LA CABECERA DE LA CUENCA DEL RIO ICA, EN 6 DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE HUAYTARA -DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA” S/ 8,409,012.00 TOTAL S/ 8,409,012.00 Artículo 2°.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente, se realice con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 449 Gobierno Regional del departamento de Ica para