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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (25/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 38

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Domingo 25 de agosto de 2024 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES SIERRA Y SELVA EXPORTADORA Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de Agromercado RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 048-2024- MIDAGRI-AGROMERCADO/J Lince, 23 de agosto de 2024VISTO: El Informe Nº 169-2024-MIDAGRI-AGROMERCADO/ OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 130-2024-MIDAGRI-AGROMERCADO/OAJ sobre la propuesta de consolidación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de Agromercado; y, CONSIDERANDO:Que, Agromercado es un organismo público ejecutor creado por Ley Nº 28890, modi fi cado por la Ley Nº 31872; adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego (hoy Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego) mediante Decreto Supremo Nº 004-2015-MINAGRI; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, dichos lineamientos tienen como objeto regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado y que, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, los artículos 44 y 45 de los precitados Lineamientos establecen que el Reglamento de Organización y Funciones se divide en las secciones primera y segunda, siendo la sección primera aquella que desarrolla las funciones generales de la entidad y las funciones especí fi cas de las unidades de organización del primer y segundo nivel organizacional; en tanto la sección segunda comprende el tercer nivel organizacional, desarrollando las funciones especí fi cas asignadas a sus unidades de organización de cada nivel organizacional; Que. el artículo 44-A de los Lineamientos en mención, prevé que en el portal de transparencia estándar del ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo se debe publicar el texto íntegro de la sección primera del ROF, y el decreto supremo que lo aprueba, el texto íntegro de la sección segunda del ROF y la resolución del titular que lo aprueba, y el texto integrado del ROF; Que, en el Anexo 1 “Glosario de Términos” de los Lineamientos, se de fi ne al Texto Integrado del ROF, como el documento que consolida las secciones primera y segunda del ROF de un Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo, a fi n de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización. Para tal efecto, se sigue una nueva secuencia de articulado debiendo cada artículo del Texto Integrado del ROF hacer referencia al artículo correspondiente de la Sección Primera o Segunda del ROF, aprobadas por decreto supremo y resolución del Titular, respectivamente;Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2024-MIDAGRI, de fecha 19 de julio de 2024, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 043-2024-MIDAGRI-SSE/PE, publicada el 04 de agosto de 2024, se aprueban las Secciones Primera y Segunda del ROF de Agromercado, respectivamente; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 008-2024-MIDAGRI dispone que Agromercado, mediante Resolución del Titular de la entidad, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la citada norma, aprueba el Texto Integrado del ROF, que consolida la Sección Primera y la Sección Segunda de dicho documento técnico normativo de gestión organizacional; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto mediante el Informe Nº 169 -2024-MIDAGRI-AGROMERCADO/OPPM, ha sustentado la propuesta y propone la aprobación del Texto Integrado del ROF de Agromercado, que contiene la Sección Primera y Segunda de dicho documento de gestión; Que, mediante documento del Visto, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable para que a través de acto resolutivo del titular de la entidad se apruebe el Texto Integrado del ROF de Agromercado; Que, atendiendo a la normatividad antes citada y con los documentos del Visto, corresponde al Titular de Agromercado aprobar el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica y; De conformidad con la Ley Nº 28890 y su modi fi catoria mediante Ley Nº 31872; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueban los Lineamientos de Organización del Estado y; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de Agromercado, que consta de tres (3) títulos, cinco (05) capítulos, treintaiún (31) artículos y un (01) anexo que contiene el Organigrama de Agromercado, documento que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicación El Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de Agromercado es publicado en la Plataforma Digital Única para orientación al ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de Agromercado (www.gob.pe/agromercado), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ARMANDO LLANOS CABANILLAS JefeAGROMERCADO TEXTO INTEGRADO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE AGROMERCADO ÍNDICE TÍTULO I . : DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II . : DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS Y UNIDADES DE ORGANIZACIÓN CAPÍTULO I : ÓRGANOS DE LA ALTA DIRECCIÓN CAPÍTULO II : ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL