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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (25/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 38

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Domingo 25 de agosto de 2024 El Peruano / la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº001-2009- JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº014-2012-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, con e fi cacia anticipada al 11JUL2024, la ampliación del plazo de implementación del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), hasta por 120 (ciento veinte) días calendarios. Artículo Segundo.- Encargar a la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización) realizar el seguimiento para la debida implementación del Reglamento de Organización y Funciones institucional. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2318542-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Ordenanza que aprueba la celebración de matrimonio civil comunitario por el 150 aniversario de la creación del distrito de Ancón ORDENANZA N° 520-2024/MDA Ancón, 16 de julio del 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN VISTOS: En sesión ordinaria de concejo de la fecha, y;CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional - Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, siendo que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que es una función básica del Estado y de los estamentos de gobierno que lo conforman, promover, proteger y formular políticas de desarrollo social, dentro de las cuales se encuentra la promoción del matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad, en concordancia con lo establecido en el artículo 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 234° del Código Civil, establece que el matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ello y formalizada con sujeción a las disposiciones del Código Civil, a fi n de hacer vida en común; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en el numeral 9) del artículo 9°, señala que, una de las atribuciones del Concejo Municipal es crear, modi fi car suprimir o exonerar de contribuciones, tasas o arbitrios licencias y derechos conforme a Ley: así como en el segundo párrafo de su artículo 40°, indica que, faculta a las municipalidades a que mediante Ordenanzas puedan suprimir arbitrios tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4) del artículo 195 de la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo 133-2013-EF. Que, en ese contexto, la Responsable de Registros Civiles mediante Informe Nº 036-2024-OREG/SG/MDA de fecha 14 de junio de 2024, propone la realización de la celebración del matrimonio civil comunitario con motivo del Aniversario del distrito de Ancón al celebrarse el 26 de octubre de 2024 los 150° años de creación política. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9°, artículo 39° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto en UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE ANCÓN POR LOS 150 ANIVERSARIO DE LA CREACIÓN DEL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el día 26 de octubre de 2024, con motivo de celebrarse el 150 Aniversario de la Creación del Distrito de Ancón. Artículo Segundo.- ESTABLECER el pago único de S/ 50.00 a los contrayentes que se acojan a la presente Ordenanza, respecto al pago de los derechos de tramitación correspondientes, establecidos en el TUPA vigente. - Ceremonia de Matrimonio Civil - Dispensa de publicación de edicto matrimonial Artículo Tercero.- ESTABLECER, el plazo de inscripción para la celebración del Matrimonio Civil Comunitario se inicia desde el 24 de setiembre del 2024 y culmina el 18 de octubre de 2024, por lo que los contrayentes deberán cumplir con los requisitos previstos en el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Ancón. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Secretaría General, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Abastecimiento, Control Patrimonial y Tecnologías de la Información la publicación en el portal de la Municipalidad Distrital de Ancón https://www.gob.pe/muniancon. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE Alcalde 2308670-1