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16 NORMAS LEGALES Domingo 25 de agosto de 2024 El Peruano / 05. ÓRGANOS DE LÍNEA 05.1 Dirección de Oportunidades de Mercado05.2 Dirección de Gestión de la Oferta Productiva05.3 Dirección de Promoción y Articulación Comercial 06. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 06.1 Sedes desconcentradas (Texto según el Anexo Nº 01 de la Sección Segunda del ROF de Agromercado, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 0043-2024-MIDAGRI-SSE/PE) CAPÍTULO I ÓRGANOS DE LA ALTA DIRECCIÓN Artículo 7.- Órganos de la Alta Dirección de Agromercado Constituyen órganos de la Alta Dirección de Agromercado los siguientes: 01.1 Jefatura 01.2 Gerencia General (Texto según el artículo 6 de la Sección Primera del ROF de Agromercado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2024-MIDAGRI). Artículo 8.- Jefatura La Jefatura es la máxima autoridad ejecutiva de Agromercado, y se encuentra a cargo de un/a jefe/a. El/la jefe/a es el/la Titular del Pliego Presupuestal y ejerce la representación institucional y legal de la entidad; es designado/a por el/la Presidente/a de la República, mediante resolución suprema refrendada por el/la Ministro/a de Desarrollo Agrario y Riego; (Texto según el artículo 7 de la Sección Primera del ROF de Agromercado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2024-MIDAGRI). Artículo 9.- Funciones de la Jefatura Son funciones de la Jefatura las siguientes: a) Ejercer la representación legal e institucional de Agromercado asumiendo la titularidad del pliego presupuestal; b) Conducir las iniciativas, planes, programas y proyectos de la entidad, en concordancia con las políticas de Estado; c) Administrar los recursos de la institución en el marco de las normas vigentes; d) Aprobar el plan estratégico institucional, el plan operativo institucional y sus modi fi caciones, las políticas de administración y fi nanzas, de personal y de relaciones institucionales; e) Emitir directivas y expedir resoluciones en el ámbito de competencia de la entidad; f) Aprobar los estados fi nancieros, la memoria anual y el presupuesto institucional de apertura; g) Suscribir convenios de cooperación con instituciones públicas o personas jurídicas de derecho privado, nacionales o extranjeras, que permitan el cumplimiento de sus fi nes; h) Proponer el Reglamento de Organización y Funciones y demás instrumentos de gestión para su aprobación, de acuerdo a la normativa vigente; i) Designar y remover a los titulares de los cargos de confi anza de la entidad; j) Fomentar el funcionamiento y con fi abilidad del control interno para la evaluación de la gestión y el efectivo ejercicio de la rendición de cuentas, propendiendo a que éste contribuya con el logro de la misión y objetivos de la entidad; k) Aprobar la creación y/o desactivación de órganos desconcentrados; y, l) Las demás funciones que le sean encomendadas o que le correspondan por mandato legal expreso. (Texto según el artículo 8 de la Sección Primera del ROF de Agromercado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2024-MIDAGRI).Artículo 10.- Gerencia General La Gerencia General está a cargo del/la de la Gerente /a General, quien es la máxima autoridad administrativa de la entidad, que asiste y asesora a la Jefatura en la gestión interna de la entidad. Tiene a su cargo la coordinación y supervisión de los órganos de asesoramiento y de apoyo, conduce los procesos de los sistemas administrativos en el ámbito institucional y la transformación digital; así como, dirige, coordina y ejecuta las acciones en materia de defensa nacional y gestión de riesgos de desastres, integridad y lucha contra la corrupción, sistema de control interno, comunicación e imagen institucional, atención al ciudadano y gestión documental. (Texto según el artículo 9 de la Sección Primera del ROF de Agromercado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2024-MIDAGRI). Artículo 11.- Funciones de la Gerencia General Son funciones de la Gerencia General las siguientes: a) Dirigir, coordinar y supervisar a los órganos de apoyo y asesoramiento de la entidad y el funcionamiento de los sistemas administrativos a su cargo; b) Asistir y asesorar a la Jefatura en asuntos técnicos y administrativos; c) Proponer a la Jefatura, para su evaluación y aprobación ante las instancias correspondientes, los instrumentos institucionales y de gestión, en el marco de la normativa de la materia, e informar sobre los resultados obtenidos; d) Proponer y/o aprobar directivas u otros documentos normativos y/o de gestión relacionados a su competencia, así como coordinar y supervisar la elaboración de la Memoria Anual y proponerla para su aprobación; e) Coordinar y ejecutar las acciones en materia de defensa nacional y gestión de riesgos de desastres, comunicación e imagen institucional, atención al ciudadano y gestión documental; f) Dirigir, coordinar y ejecutar las actividades de promoción de la ética pública, transparencia y acceso a la información pública; así como las actividades de integridad y lucha contra la corrupción; g) Realizar el seguimiento de la atención a los informes emitidos y recomendaciones por el Órgano de Control Institucional, la Contraloría General de la República y las Sociedades de Auditoría, conforme corresponda; h) Coordinar, supervisar y evaluar la implementación del Sistema de Control Interno en la entidad; i) Supervisar y coordinar la implementación de las acciones en materia de transformación digital y la actualización permanente del portal de transparencia, en el marco de la normatividad vigente; j) Supervisar y elevar a la Jefatura los proyectos de dispositivos legales que generen las unidades de organización de la entidad para su aprobación; k) Administrar el registro, numeración; así como tramitar la publicación y distribución de los dispositivos legales expedidos por la Jefatura; l) Expedir resoluciones en las materias de su competencia; y, m) Las demás funciones que le asigne el/la Jefe/a y las que le correspondan por mandato legal expreso. (Texto según el artículo 10 de la Sección Primera del ROF de Agromercado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2024-MIDAGRI). CAPÍTULO II ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 12.- Órgano de Control Institucional El Órgano de Control Institucional (OCI) es el órgano conformante del Sistema Nacional de Control, responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad, para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, cautelando la legalidad y efi ciencia de sus actos y operaciones, así como, el logro de sus resultados, mediante la realización de servicios de control (simultáneo y posterior) y servicios