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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (28/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de agosto de 2024 El Peruano / a interponerse para acceder a ellas. 8. Los formularios que sean empleados durante la tramitación del respectivo procedimiento administrativo, no debiendo emplearse para la exigencia de requisitos adicionales”; y conforme al artículo 44º “El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza municipal o por resolución del titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo”; Que, por Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018 -PCM-SGP, se aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); y, por Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 004-2020 -PCM- SGP, prorrogan plazo a las entidades a que se re fi ere la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 002-2019-PCM-SGP para la adecuación al nuevo formato del TUPA, y dictan otras disposiciones; Que, ingresado por el consultor, la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Provincial de Espinar, por Informe Nº 231-2024-MPE-OGPP-OPMI/HDPZ de fecha 31/05/2024, la ofi cina de Planeamiento, Modernización e Inversiones solicita la emisión de informe técnico de sustento de la determinación de costos y derechos de tramitación de los procedimientos administrativos contemplados en el TUPA; solicitud remitida a la O fi cina General de Administración por Informe Nº 1206-2024-MPE-OGPP/ACA de fecha 31/05/2024, del Director General de Planeamiento y Presupuesto; por Informe Nº 2581-2024-MPE-OGA- RPCC de fecha 03/06/2024 de la O fi cina General de Administración emite informe técnico de sustento de la determinación de costos y derechos de tramitación de los procedimientos administrativos contemplados en el TUPA, y con ello, por Informe Nº 1291-2024-MPE-OGPP/ACA de fecha 13/06/2024, del Director General de Planeamiento y Presupuesto, eleva la propuesta de actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA, la exposición de motivos, las tablas ASME-VM y el Resumen de Costos, debidamente visados. Que, con Opinión Legal Nº 0473-2024-RHCP-GM- OGAJ-MPE/C, de fecha 14/06/2024, el Director de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, previó análisis normativo, opina declarar PROCEDENTE la propuesta que modi fi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, la misma que deberá ser aprobada por Concejo Municipal, conforme lo prevé el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, previo informe técnico de conformidad emitido por Gerencia Municipal; y con Memorándum Nº 462-2024-GM.MPE/KVS de fecha 14/06/2024, la Gerencia Municipal emite el informe técnico de conformidad del proyecto de TUPA; Que, fi nalmente con Dictamen Nº 06-2024-MPE-CM/ CPPP de fecha 17/06/2024, la Comisión Permanente de Planeamiento y Presupuesto, presidida por la regidora Ivett Ariana Kana Magaño e integrada por los regidores Apolinario Pfacsi Huillca y Julio Constantino Mollohuanca Cruz, por UNANIMIDAD, dictaminan a favor de la aprobación de la Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Espinar; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones otorgadas en el numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL “TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR” Artículo 1º.- APROBAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Espinar que contiene doscientos cincuenta y cuatro (254) procedimientos, y como documento adjunto, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR a los órganos y unidades orgánicas de la entidad, en el marco de sus funciones, atribuciones y responsabilidades, realizar los procedimientos administrativos de su competencia, en cumplimiento de lo aprobado por la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3º.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 008-2022-CM-MPE/C de fecha 31/05/2022 y toda norma que se oponga a la presente ordenanza. Artículo 4º.- DISPONER a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, la publicación de la presente Ordenanza y el texto íntegro del TUPA en el Diario O fi cial El Peruano; y, DISPONER a la O fi cina de Tecnologías de la Información - OTI, efectuar la publicación del texto íntegro de la ordenanza, el reglamento y el cuadro, en el Portal Transparencia y página web de la entidad municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CLUDY ROSMERY LAGUNA CCAPA Alcaldesa * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2317275-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo Turístico Local – PDTL del distrito de San Antonio 2024 – 2028 ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2024- MDSA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; en Sesión Ordinaria Nº 013-2024-CM/MDSA celebrada el 10 de julio del 2024, conforme a las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demás normas complementarias; VISTOS: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio en Sesión Ordinaria Nº 013-2024-CM-MDSA de fecha 10 de julio del 2024; Vistos: Carta N° 001-2024-YMBC/CCT, de fecha 11 de abril de 2024, Informe Nº 026-2024-MDSA/GM/GDES/YMRCH de fecha 17 de abril del 2024, Informe Nº 116-2024-MDSA/GM/GDES/MAC de fecha 17 de abril del 2024, Informe Nº 1607-2024-GDES/GM/MDSA de fecha 17 abril del 2024, Carta Nº 001-2024-CYTC de fecha 27 de mayo del 2024, Informe Nº 056-2024-MAZC/IP-OSLP/GM-MDSA de fecha 28 de mayo del 2024, Informe Nº 2475-2024-MDSA/GM/OGSLP de fecha 29 de mayo del 2024, Informe Nº 178- 2024-MDSA/GM/GDES/MAC de fecha 04 de junio del 2024, Informe Nº 2481-2024-MDSA/GM/GDES de fecha 05 de junio del 2024, Informe Nº 0286-2024-MDSA/GM/OGPP/OPM, Informe Nº 0210-2024-MDSA/GM/OGPP de fecha 27 de junio del 2024, Informe Legal N° 356-2024-MDSA/GM/OGAJ, de fecha 01 de julio del 2024, Informe N° 361-2024-MDSA/A/GM, de fecha 01 de julio del 2024, Carta Nº 096-2024-MDSA/A/SGDII de fecha 02 de julio 2024, Dictamen Nº 0004-2024-CODES/CM/MDSA de fecha 08 de julio del 2024, O fi cio Nº 004-2024-CODES/CM/ MDSA de fecha 09 de julio del 2024, Acuerdo de Concejo Nº 117-2024-CM/MDSA de fecha 16 de julio del 2024, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, indica “Las municipalidades provinciales