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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (28/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de agosto de 2024 El Peruano / Que, el literal a) del Articulo 15 de la Ley N°27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que, la plani fi cación y promoción del desarrollo debe propender y optimizar las inversiones con la iniciativa privada, la inversión pública con participación de la comunidad y la competitividad a todo nivel; también la referida norma en su literal d) del artículo 35, prevé que los Gobiernos Regionales, deben promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades; Que, el literal g) del artículo 36, de la precitada norma legal contempla, que una de las competencias compartidas de los Gobiernos Regionales, es la competitividad regional y la promoción del empleo productivo en todos los niveles, concertando los recursos públicos y privados; Que, el numeral 13) del artículo 8, de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece la competitividad como un principio rector de las políticas y la gestión regional: El Gobierno Regional tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad regional. Para ello promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación; Que, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0030-2023/CEPLAN/PCF, aprobó la actualización de la Guía de Políticas Nacionales. Indica que las Políticas Nacionales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades y los niveles de gobierno, en el marco de sus competencias. En consecuencia, su diseño e implementación puede comprender una o varias Funciones del Estado y, por ende, a uno o varios Sectores. Asimismo, los Gobiernos Regionales y Locales formulan sus políticas de manera consistente con las Políticas Nacionales; Que, mediante Decreto Supremo N° 345-2018-EF, se aprobó la Política Nacional de Competitividad y Productividad, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno. El artículo 3 de la precitada norma legal señala que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización (CNCF), conduce la Política Nacional de Competitividad y Productividad; Que, mediante Decreto Supremo N° 237-2019-EF, se aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad (PNCP); La Disposición Complementaria Final Única de la precitada norma señala que, las entidades del Estado responsables de la implementación de las medidas que se encuentran comprendidas en el PNCP, deben considerarlas en sus respectivos planes estratégicos y operativos institucionales en lo que corresponda. Adicionalmente, el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización - CNCF realiza los ajustes que sean necesarios al PNCP, conforme a la normativa que emita el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, referido a los Planes Estratégicos Multisectoriales; Que, el Capítulo II. Objetivo y alcance de la precitada norma señala que, a fi n de incorporar el enfoque territorial en la identi fi cación e implementación de las medidas de política orientadas al cumplimiento de los objetivos prioritarios y lineamientos establecidos en el PNCP a nivel regional, se propone el diseño e implementación de Planes Regionales de Competitividad y Productividad (PRCP), los cuales se encontrarán alineados a otros instrumentos de plani fi cación de las regiones tales como los Planes Regionales de Desarrollo Concertado y los Planes Regionales de Exportación, e incluirán acciones especí fi cas acordes al cumplimiento de los objetivos prioritarios de fi nidos en la PNCP;Que, mediante Ordenanza Regional N° 0013-2019-GORE-ICA, se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Ica, y que mediante su artículo 105, se señala que la Gerencia Regional de Desarrollo Económico es el órgano de línea dependiente jerárquicamente y administrativamente de la Gerencia General Regional, y en el numeral 11 de su artículo 106 tiene como función Formular el Plan de Competitividad Regional de Ica, poniéndolo a consideración de las instancias competentes; Que, a través del Decreto Supremo Nº 095-2022- PCM, se aprobó el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN al 2050, actualizado mediante Decreto Supremo N° 103-2023-PCM. El mismo que constituye un instrumento del planeamiento estratégico, que tiene como objetivo orientar la acción del Estado: Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos locales; al mismo tiempo que orienta los esfuerzos del conjunto de la sociedad: gremios, la academia, el empresariado para alcanzar el desarrollo armónico y sostenido del país; Que, mediante Decreto Supremo Nº 103-2022- PCM, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030. La Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública-PNMGP, tiene como objetivo general: Orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país, asimismo plantea los siguientes cuatro Objetivos prioritarios: 1) Garantizar políticas públicas que respondan a las necesidades y expectativas de las personas en el territorio; 2) Mejorar la gestión interna en las entidades públicas; 3) Fortalecer la mejora continua en el Estado y, 4) Garantizar un Gobierno abierto que genere legitimidad en las intervenciones públicas; Que, mediante O fi cio N° 016-2024-GORE.ICA-GR- GGR/GRDE, el Gobernador Regional de Ica, solicita al Consejo Nacional de Competitividad y Formalización (CNCF) del Ministro de Economía y Finanzas, asistencia técnica en la asesoría y acompañamiento técnico en la formulación del Plan Regional de Competitividad y Productividad de la Región Ica; Que, mediante O fi cio N° 004-2024-EF/35.01, el director ejecutivo del CNCF del Ministerio de Economía y Finanzas remite al Gobierno Regional de Ica, el Informe N° 004-2024-EF/35.01 emitido por la Secretaría Técnica del CNCF, el cual recomienda facilitar la asistencia técnica al Gobierno Regional de Ica en la elaboración del diagnóstico de competitividad y productividad regional en el marco del proceso de formulación del PRCP Ica; Que, mediante ACTA DE REUNIÓN DE IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN REGIONAL DE COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD AL AÑO 2030, de fecha 14 de marzo del 2024, los miembros concluyen y acuerdan: Por votación unánime expresan su conformidad de crear el Consejo Regional de Competitividad y Productividad de Ica: conformado por un Consejo Directivo, una Secretaría Técnica y nueve Comités Técnicos Público – Privado Regionales, así mismo, la declaración de Interés y Prioridad Regional la elaboración del Plan Regional de Competitividad y Productividad de Ica al 2030; misma que fue presentada a nivel de avances en dicha reunión; Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, contando con el Dictamen, la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias la Ley Nº 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: “ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARAR DE INTERÉS Y PRIORIDAD LA ELABORACIÓN DEL PLAN REGIONAL DE COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD DE ICA AL 2030 ( PRCP ICA AL 2030). Artículo Primero.- DECLARAR de interés y prioridad la elaboración del Plan Regional de Competitividad y Productividad de Ica al 2030 (PRCP Ica al 2030).