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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (31/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Sábado 31 de agosto de 2024 El Peruano / a) Tramitar y custodiar el expediente coactivo a su cargo; b) Elaborar los diferentes documentos que sean necesarios para el impulso del Procedimiento; c) Realizar las diligencias ordenadas por el Ejecutor; d) Suscribir las notifi caciones, actas de embargo y demás documentos que lo ameriten; e) Emitir los informes pertinentes; f) Dar fe de los actos en los que interviene en el ejercicio de sus funciones, y otras funciones contenidas en los documentos pertinentes al cargo; Que, bajo ese contexto, de conformidad con el Informe Técnico Nº 14-2024-GRSM/ORA, la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional San Martin, precisa que: “(…) 2.7. No obstante lo apuntado en el párrafo supra, es preciso mencionar que de acuerdo a las exigencias para la acreditación de funcionarios coactivos (ejecutor y auxiliares coactivos) ante el Banco de la Nación -entidad bancaria en la cual el Gobierno Regional San Martín tiene aperturada sus cuentas-, se exige entre otros documentos, la resolución de designación tanto del ejecutor coactivo como del auxiliar coactivo; así como, su publicación en el diario o fi cial de la localidad (se adjunta la cartilla de documentación requerida para la acreditación de funcionarios coactivos de la administración pública y modelo de solicitud de acreditación del Banco de la Nación. 2.8. Como se aprecia del numeral precedente, es necesario formalizar la designación de los auxiliares coactivos mediante resolución del funcionario competente, en este caso el titular de la entidad, quien efectuó la designación del ejecutor coactivo, esto a efectos de realizar los trámites pertinentes ante otras entidades, como el Banco de la Nación. Por lo que, concluye que: “(…) 3.1. El Proceso de Selección CAS Nº 015-2024-GRSM/OGP, Auxiliar Coactivo, se inició el 15 de julio de 2024, con el registro de la convocatoria y los requisitos en la Plataforma Talento Perú de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y culminó el 09 de agosto del 2024, con la publicación de los Resultados Finales en el Portal Institucional del Gobierno Regional San Martín, declarando como ganadores a la señora Gladys Cecilia Tangoa Flores y al señor Elar Francisco Santos Díaz. (…)., 3.4. De acuerdo al artículo 7 de la Ley y la documentación para la acreditación de funcionarios coactivos de la administración pública, es necesario formalizar la designación de los auxiliares coactivos mediante acto resolutivo emitido por el Titular de la Entidad. 3.5. Según la documentación para la acreditación de funcionarios coactivos de la administración pú blica, la resolución de designación debe publicarse en el diario o fi cial de la localidad correspondiente. Asimismo, recomienda al Gobernador Regional, derivar el presente informe a la Ofi cina Regional de Asesoría Legal para la elaboración del acto resolutivo que designe a los auxiliares coactivos, de acuerdo a lo apuntado en los numerales 2.7. y 2.8. del presente informe técnico; Que, con proveído a través del Sistema de Trámite Documentario (en adelante GSTRAMITE) de fecha 21 de agosto de 2024 la O fi cina de Gestion de las Personas del Gobierno Regional San Martin, señala lo siguiente: “LOS AUXILIARES COACTIVOS FUERON ADJUDICADOS MEDIANTE PROCESO CAS, DONDE PARA RESULTAR GANADORES SE EVALÚO CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MÍNIMOS. POR LO QUE, NO SE REQUIERE INFORME DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS”; Que, conforme a lo señalado precedentemente, se precisa que los requisitos que debe reunir, tanto el Ejecutor como el Auxiliar Coactivo de las entidades de la Administración Pública, se encuentran contemplados en los artículos 4 y 6 respectivamente, del TUO de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; Que, el artículo 33-A del Decreto Supremo Nº 018- 2008-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, re fi ere que: “(…) sólo los Ejecutores coactivos debidamente acreditados ante las entidades del sistema fi nanciero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las diferentes o fi cinas registrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nación, podrán ordenar embargos o requerir su cumplimiento. Dicha acreditación deberá contener, cuando menos, el nombre de la persona, el número del documento de identi fi cación personal, el domicilio personal, el número de inscripción correspondiente a su colegiatura, el número y fecha de la resolución que lo designa el registro de fi rmas y sellos correspondiente, la dirección de la o fi cina en donde funciona la Ejecutoria coactiva de la Entidad. La acreditación del Ejecutor coactivo deberá ser suscrita por el titular de la Entidad correspondiente. Que, mediante Memorando Nº 936-2024-GRSM/GR de fecha 16 de agosto de 2024, el Gobernador Regional, dispuso autorizar a la O fi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martin, la elaboración del acto resolutivo mediante el cual designa a los auxiliares coactivos, de acuerdo a lo apuntado en el numeral 2.7. y 2.8 del Informe Técnico Nº 14-2024-GRSM/ORA; Por tanto, en ejercicio de las atribuciones del Gobernador Regional establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias vigentes, Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional San Martín y sus modi fi catorias, Texto Único de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS y su Reglamento; y, con la visación de la O fi cina Regional de Asesoría Legal, O fi cina Regional de Administración y de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martín; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACREDITAR a los Contadores Públicos. GLADYS CECILIA TANGOA FLORES, identi fi cada con DNI Nº 46291194 y ELAR FRANCISCO SANTOS DÍAZ, identi fi cado con DNI Nº 47247097 como AUXILIAR COACTIVO del GOBIERNO REGIONAL SAN MARTÍN, con las facultades, atribuciones y responsabilidades previstas en la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y su Reglamento. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los auxiliares coactivos GLADYS CECILIA TANGOA FLORES y ELAR FRANCISCO SANTOS DÍAZ, continuarán percibiendo las remuneraciones, boni fi caciones y bene fi cios que la Ley establece y de acuerdo con las disposiciones legales inherentes al contrato de ingreso establecido. Artículo Tercero.- COMUNICAR la presente resolución a las distintas áreas del Gobierno Regional San Martín para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el contenido de la presente resolución en el Portal Web Institucional, en el Diario O fi cial de la localidad y de corresponder en el Diario Ofi cial el peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.WALTER GRUNDEL JIMENEZ Gobernador Regional 2319978-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Ordenanza Municipal que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) aprobado por la Ordenanza Nº 491-MDPH ORDENANZA Nº 529-MDPH Punta Hermosa, 8 de agosto del 2024EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, Informe Nº 196-2024-UFFA-OAJ/MDPH de fecha 05 de agosto del