Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (31/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Sábado 31 de agosto de 2024 El Peruano / (i) Pasajes aéreos S/ 3,351.70 (ii) Seguro Viajero S/ 176.72(iii) Viáticos S/ 2,000.00 Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, al Rectorado, SE RESUELVE:Primero.- Autorizar el viaje internacional de la DRA. YANETH ALEMAN VILCA, Docente de la Facultad de Ciencias Histórico Sociales de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que, en calidad de Investigadora Principal, participe con fi nes de investigación, como ponente del trabajo “Estudio multidimensional de la salud mental en grupos poblacionales de Arequipa”, en el simposio “XVII Congreso Argentino de Salud Mental: “La Urgencia Subjetiva: Clínica, Sociedad y Estado””, organizado por la Asociación Argentina de Salud Mental (AASM), que se desarrollará entre los días 04 y 06 de setiembre de 2024, de forma presencial en el Hotel Marriot de la ciudad de Buenos Aires - Argentina; todo ello en ejecución del proyecto de investigación: “Estudio multidimensional de la salud mental en grupos poblacionales de Arequipa”, seleccionado con Resolución Vicerrectoral N° 372-2023-VRI, y en atención al Contrato de Financiamiento N° PI-019-2023-UNSA. Segundo.- Autorizar a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y a la Unidad de Abastecimiento, otorguen a favor de la mencionada docente, la Certi fi cación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.6 “Adquisición de Activos no Financieros”, según el siguiente detalle: - Pasajes aéreos : S/ 3,351.70 soles. Del 03 al 07 de setiembre de 2024. Arequipa - Lima - Buenos Aires (Argentina) - Lima - Arequipa. - Seguro Viajero : S/ 176.72 soles. - Viáticos : S/ 2,000.00 soles. Del 03 al 06 de septiembre de 2024. Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada docente presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese.HUGO JOSE ROJAS FLORES Rector RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO Secretaria General 2320075-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Designan Subgerente de la Subgerencia de Documentación e Investigación Electoral de la Gerencia de Información y Educación Electoral de la ONPE RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000148-2024-JN/ ONPE Lima, 29 de agosto de 2024VISTOS: El Memorando N° 0000201-2024-GG/ONPE, de la Gerencia General; el Memorando N° 001317-2024-GRH/ONPE, de la Gerencia de Recursos Humanos, y el Informe N° 000792-2024-SGRH-GRH/ONPE, de la Subgerencia de Recursos Humanos, de la Gerencia de Recursos Humanos; así como, el Informe N° 000404- 2024-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; Mediante Resolución Jefatural N° 000127-2024-JN/ ONPE se resolvió declarar vacante, a partir de 1 de julio de 2024, la plaza N° 162 del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, aprobado por la Resolución N° 000102-2024-SG/ONPE, correspondiente al cargo de con fi anza de Subgerente de la Subgerencia de Documentación e Investigación Electoral de la Gerencia de Información y Educación Electoral de la ONPE, de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; Por su parte, con el Memorando N° 000201-2024-GG/ ONPE, la Gerencia General, en el marco de lo acotado en el literal m) 1 del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 000125- 2024-JN/ONPE (ROF de la ONPE), propone designar al señor PABLO ANDRES HARTILL MONTALVO en el cargo de Subgerente de la Subgerencia de Documentación e Investigación Electoral de la Gerencia de Información y Educación Electoral, a partir del 1 de setiembre de 2024, propuesta que ha sido aprobada por la Jefatura de la ONPE; Al respecto, de conformidad con el artículo 55 del Reglamento Interno de Servidores Civiles de la ONPE (RIS de la ONPE), aprobado por la Resolución 000058-2024-SG/ONPE, dispone que es competencia del jefe de la ONPE designar y cesar al personal de con fi anza (directivo superior de libre designación y remoción o empleado de confi anza), ello en concordancia con el artículo 21 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE y el literal i) 2 del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante la Resolución Jefatural N°000125-2024-JN/ONPE; En ese marco normativo, con Memorando N° 001317- 2024-GRH/ONPE, la Gerencia de Recursos Humanos referenciando el Informe N° 000792-2024-SGRH-GRH/ONPE de la Subgerencia de Recursos Humanos precisó que, de acuerdo a la documentación adjunta en el curriculum vitae del señor PABLO ANDRES HARTILL MONTALVO, se ha constatado que cuentan con los requisitos mínimos, cumpliendo así con lo dispuesto en el Clasi fi cador de Cargos de la ONPE, para cubrir el cargo de con fi anza de Subgerente de la Subgerencia de Documentación e Investigación Electoral, razón por la cual, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; En esa línea, corresponde emitir la Resolución Jefatural correspondiente, debiendo ser publicada en el diario o fi cial El Peruano, conforme a lo establecido en el numeral 5 del artículo 10 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento de la Ley que establece se deben publicar obligatoriamente, otras disposiciones legales, tales como resoluciones administrativas o similares de interés general y de observancia obligatoria cuando se trate de nombramiento o designación de funcionarios públicos, en concordancia con el numeral 28.4 3 del artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado a través del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; De conformidad con la normativa precitada, así como con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; su Reglamento Interno de Servidores Civiles, aprobado por Resolución 000058-2024-SG/ONPE; el literal r) del artículo 11 de su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE; Con el visado de la Gerencia General, la Secretaría General y de las Gerencias de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica.