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39 NORMAS LEGALES Sábado 31 de agosto de 2024 El Peruano / Que, la Dirección de Operaciones mediante Memorando Nº 005119-2024-DIROP-MIGRACIONES, refi ere la necesidad de actualizar las sedes de atención del procedimiento administrativo “PA3500F0B7 – Regularización de Movimiento Migratorio” y del servicio prestado en exclusividad “SE35003BAB – Recti fi cación o anulación del movimiento migratorio (ingreso o salida del país)” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de MIGRACIONES; igualmente, con Memorando Nº 005809-2024-DIROP-MIGRACIONES remite el Informe Nº 000046-2024-DIROP-UFAM-MIGRACIONES respecto a la viabilidad de eliminar del TUPA de MIGRACIONES los procedimientos administrativos “PA35001882 - Regularización Migratoria para personas extranjeras mayores de edad”, “PA3500BDE9 - Regularización Migratoria para personas extranjeras menores de edad” y “PA350044C7 - Regularización Migratoria para personas extranjeras mayores de 18 años con discapacidad permanente que no puedan expresar su voluntad de manera indubitable” vinculados al Decreto Supremo Nº 010-2020-IN; Que, mediante Memorando Nº 002261-2024-OPP- MIGRACIONES la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000163-2024-UMGC-MIGRACIONES, de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad mediante el cual señala que, lo solicitado por la Dirección de Operaciones, la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria y la Unidad de Gestión Documental, se enmarcan dentro de la simpli fi cación administrativa y por ello se considera viable la modi fi cación del TUPA de MIGRACIONES mediante Resolución de Superintendencia, debiendo considerar lo siguiente: i) Modi fi cación de las sedes de atención del procedimiento administrativo “PA3500F0B7 – Regularización de Movimiento Migratorio” y del servicio prestado en exclusividad “SE35003BAB – Recti fi cación o anulación del movimiento migratorio (ingreso o salida del país)” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de MIGRACIONES, ii) Modi fi cación de la sección “descripción del servicio” de los servicios prestados en exclusividad SE35002E83 - Constancia de registros de inscripción y título de nacionalidad peruana, SE3500758A - Certi fi cación de copia de registro de inscripción y títulos de nacionalidad peruana y SE3500161D - Copias Certi fi cadas de documentos archivados contenidos en los expedientes seguidos ante Migraciones, iii) Eliminación de los PA35001882 - Regularización Migratoria para personas extranjeras mayores de edad, PA3500BDE9 - Regularización Migratoria para personas extranjeras menores de edad y PA350044C7 - Regularización Migratoria para personas extranjeras mayores de 18 años con discapacidad permanente que no puedan expresar su voluntad de manera indubitable, y, iv) Modi fi cación de la sección “Instancias de resolución de recursos” del procedimiento administrativo “PA3500F0B7 - Regularización de Movimiento Migratorio”, debiendo consignar como autoridad competente para la apelación a la Dirección de Registro y Control Migratorio en reemplazo de la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria; Que, con Acuerdo Nº 12-2024 del Acta Nº 08-2024-CONSEJO DIRECTIVO DE MIGRACIONES, de la Cuadragésima Tercera Sesión Ordinaria, de fecha 18 de junio de 2024, los miembros del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Migraciones acordaron por unanimidad Aprobar la Modi fi cación TUPA de MIGRACIONES; ello, de conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 8 del Decreto Supremo Nº 009-2020-IN, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2024-IN, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones- MIGRACIONES; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través de los Informes Nº 000 386-2024-OAJ-MIGRACIONES y Nº 000440-2024-OAJ-MIGRACIONES, opina que, es jur ídicamente viable la emisión de la Resolución de Superintendencia por la cual se modi fi que el Texto Único de Procedimientos Administrativos de MIGRACIONES ante la referida aprobación del Consejo Directivo, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 40.5 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Con los vistos de la Gerencia General, de las Direcciones de Operaciones y de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, así como de las O fi cinas de Planeamiento y Presupuesto, de Asesoría Jurídica, y de la Unidad de Gestión Documental; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; el Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones; y, el Decr eto Supremo Nº 009-2020-IN, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2024-IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2023-IN, en el marco de lo dispuesto en el numeral 40.5 del artículo 40 del del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de la siguiente manera: 1.1. Actualizar las sedes de atención del procedimiento administrativo “PA3500F0B7 – Regularización de Movimiento Migratorio” y del servicio prestado en exclusividad “SE35003BAB – Recti fi cación o anulación del movimiento migratorio (ingreso o salida del país)” en el TUPA de MIGRACIONES, de acuerdo al siguiente detalle: Regularización de Movimiento Migratorio Nº SEDES Dirección Horario Pasos a seguir 1 JZ AREQUIPA Urb. Quinta Tristán 2do Parque S/N Distrito José Bustamante y RiveroLunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m.1. Realizar el pago por derecho de trámite.. 2 JZ CALLAO Av. Elmer Faucett s/n, Callao 07031Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m.2. Recolectar la documentación correspondiente, según TUPA. 3 JZ CHICLAYO Calle La Plata 030- Urb. San Eduardo, ChiclayoLunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m.3. Presentar la documentación recolectada a través de la Mesa de Partes 4 JZ CHIMBOTE Jr. Enrique Palacios 536, Cámara de Comercio del Santa, ChimboteLunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. 5 JZ CUSCO Av. El Sol Nº612- Cusco- Primer Piso de la Gobernatura Regional Cusco.Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. 6 JZ IQUITOS Avenida Mariscal Andrés Avelino Nº 1763, IquitosLunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. 7 JZ PIURA Av. Sullana con Intersección s/n, PiuraLunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. 8 JZ PUCALLPA Jr. Libertad Nº 542 - Callería, PucallpaLunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. 9 JZ PTO. MALDONADOJr Lambayeque Nº 140 - Tambopata -Tambopata - Madre de DiosLunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. 10 JZ PUNO Jr. Ayacucho 270-280 - Puno, PunoLunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m.