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46 NORMAS LEGALES Sábado 31 de agosto de 2024 El Peruano / fi nanciamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, hasta el 30 de abril de 2024, para reducir su presupuesto institucional aprobado respecto a los recursos correspondientes a las mencionadas fuentes de fi nanciamiento. 11.2. La modi fi cación del presupuesto institucional autorizada en el numeral precedente se aprueba mediante resolución del titular del pliego para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal para el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de Consejo Regional se publica en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución del titular, del acuerdo de Consejo Regional y del acuerdo de Concejo Municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en mérito al cuerpo legal acotado el Consejo Regional de Ayacucho tiene la atribución de autorizar la modi fi cación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de la Fuente de Financiamiento 04 - 13. Donaciones y transferencias, para la reducción de S/. 3’828,976.00 de las 09 Unidades Ejecutoras de Salud; Que, por las consideraciones antes señaladas la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional del Consejo Regional Ayacucho, mediante su Dictamen Nº 13-2024-GRA/CR-CPPATGI ha emitido pronunciamiento favorable y que, leída, sustentada y aclarada la misma ante el Pleno del Consejo, ésta por acuerdo de sus miembros la aprobó en todos sus extremos; Que, el literal a) y k) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y fi scalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional; asimismo el literal a) del artículo 45º de la misma Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 29053, establece entre las atribuciones del Gobernador Regional de promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer (…) y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; asimismo el artículo 39º del cuerpo legal acotado establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; a Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modi fi catorias; Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, Decreto de Urgencia Nº 006-2024, que establece medidas para la modi fi cación del presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados; y demás normas conexas aplicables; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; el Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros, aprueba el siguiente; ACUERDO REGIONAL Artículo Primero.- AUTOR IZAR , al señor Gobernador Regional de Ayacucho, efectuar la modi fi cación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de la Fuente de Financiamiento 04 - 13. Donaciones y transferencias, para la reducción de S/. 3’828,976.00 de las 09 Unidades Ejecutoras de Salud en Marco del Decreto de Urgencia Nº006-2024, de acuerdo el siguiente detalle: Cuadro Nº 03 - Propuesta de monto a reducir PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTORUBRO DE FINANCIAMIENTOPROGRAMACIÓN 2024 (PIA)PROPUESTA DE MONTO A REDUCIR 444: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO400-774: REGION AYACUCHO-SALUD4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 50,000 50,000 444: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO401-1024: HOSPITAL HUAMANGA4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 2,493,976 2,493,976 444: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO402-1025: SALUD SUR AYACUCHO4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 120,000 120,000 444: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO403-1045: SALUD CENTRO AYACUCHO4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 180,000 180,000 444: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO404-1046: SALUD SARA SARA4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 120,000 120,000 444: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO405-1321 : RED DE SALUD AYACUCHO NORTE4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 100,000 100,000 444: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO406-1362: RED DE SALUD HUAMANGA4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 450,000 450,000 444: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO407-1489: RED DE SALUD SAN MIGUEL4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 35,000 35,000 444: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO408-1490 : RED DE SALUD SAN FRANCISCO4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 280,000 280,000 TOTAL 3,828,976