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49 NORMAS LEGALES Sábado 31 de agosto de 2024 El Peruano / 2024 emitido por la Coordinadora de la Unidad Funcional de Fiscalización, y ; CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, los órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, estando en este marco facultado a aprobar y emitir Ordenanza, Acuerdos, Resoluciones de Concejo y otras Resoluciones Administrativas, tal como establece el Art. 39 de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 46º de la precitada Ley Orgánica de Municipalidad, las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, precisándose que mediante Ordenanza se determine el Régimen de Sanciones Administrativas por la infracción de sus disposiciones, así como las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias, siendo las sanciones pasibles de aplicar por la autoridad municipal las de multa, revocación de autorizaciones o licencias, clausura de decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentario, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos , inmovilización de productos y otras; Que, mediante Informe Nº 196-2024-UFFA-OAJ/MDPH la Coordinadora de la Unidad Funcional de Fiscalización, remite la propuesta de modi fi cación del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas cuya fi nalidad es contribuir a la e fi cacia de la acción de fi scalización del cumplimiento de las normas municipalidades y legales por parte de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidad – Ley Nº 27972 y el voto UNANIME de los señores regidores y con dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó lo siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL CUADRO DE INFRACIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUIS) APROBADO POR LA ORDENANZA Nº 491-MDPH Artículo Primero.- INCORPORAR los siguientes Códigos de Infracción al Cuadro Único de Infracciones de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa aprobado por Ordenanza Nº 491-MDPH; COD DESCRIPCION UITMEDIDA COMPLE- MENTARIAGRADUALIDAD 01-039POR NO HABER EFECTUADO EL CERCADO DEL TERRENO SIN CONSTRUIR DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA 472-MDPH3.00 ------------------ MUY GRAVE 11-030POR REALIZAR PUBLICIDAD MEDIANTE EL REPARTO DE VOLANTES SIN CONTAR CON AUTORIZACION MUNICIPAL0.50 DECOMISO LEVE Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Unidad Funcional de Fiscalización Administrativa. Artículo Tercero.- ENCARGUESE a la O fi cina de Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el diario O fi cial “El Peruano” y a la Unidad Funcional de Tecnología de la Información, dependiente de la Gerencia Municipal, su publicación en el portal institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 2317291-1MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban la realización del Sorteo VPSI 2024 DECRETO DE ALCALDÍA N° 010-2024-ALC/MSI San Isidro, 29 de agosto de 2024LA ALCALDESA DE SAN ISIDROVISTO: el Informe N° 879-2024-0510-SPP-GPPDC/ MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000473-2024-1120-SDFT-GR/MSI de la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria; el Memorando N° 153-2024-1100-GR/MSI de la Gerencia de Rentas; y, el Informe N° 372-2024-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con los artículos 194°, 195°, numeral 3, y 196°, numerales 2 y 3, de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar y artículo 69° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para administrar sus rentas, entre las que se encuentran los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanzas Municipales, conforme a ley; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que el rendimiento del impuesto predial constituye renta de la Municipalidad Distrital respectiva; y, que el 5% del rendimiento del impuesto, se destina, entre otros, a las acciones que realice la administración tributaria, destinadas a reforzar su gestión y mejorar la recaudación; Que, mediante Ordenanza N° 427-MSI, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 18 de abril de 2016, se regula el Programa de Incentivos “Vecino Puntual Sanisidrino - VPSI”, el cual, de acuerdo a su artículo 1°, tiene por fi nalidad promover el bienestar de los vecinos del distrito e incentivar el cumplimiento puntual de las obligaciones tributarias, a través del otorgamiento de bene fi cios, entre los cuales, de conformidad a su artículo 6°, se encuentra la participación en los sorteos que programe la entidad; Que, el artículo 20° de la citada Ordenanza dispone que la Entidad podrá realizar uno o más sorteos entre los contribuyentes que formen parte del Programa de Incentivos VPSI, a fi n de premiar su puntualidad; y, que la programación de sorteos del año será aprobada mediante Decreto de Alcaldía que establecerá el número de sorteos, los meses en que se realizarán y los premios a sortear, a propuesta de la Comisión de sorteos VPSI; Que, la Tercera Disposición Final y Complementaria de la misma Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para su adecuada aplicación, en concordancia con el artículo 42° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; Que, de acuerdo con los artículos 64°, literal c), y 67°, literal c), del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, corresponde a la Gerencia de Rentas la función de formular y dirigir las propuestas de incentivos tributarios, y a la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria, la función de administrar el desarrollo del programa VPSI, respectivamente; Que, en dicho contexto, mediante los documentos del visto, la Gerencia de Rentas y la Subgerencia de Determinación y Fiscalización Tributaria, solicitan, de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Sorteos VPSI, según Acta del 24 de julio de 2024, la aprobación,