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9 NORMAS LEGALES Viernes 13 de diciembre de 2024 El Peruano / preventivas, en el polígono especifi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:xSe sugiere realizar la colocación de hitos (vértices e intermedios) y mantenimiento de los muros de señalización. Señalización: xMonumentación con muros de señalización e Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la defi nitiva identifi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Cerro Azul , a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notifi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo Nº 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección Nº 006-2024-MRC/DCS/DGDP/ VMPCIC/MC, el Informe Nº 001221-2024-DSFL-DGPA- VMPCIC/MC, Informe Nº 000210-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC e Informe Nº 000215-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código Nº PPROV-074-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JIMI ALFREDO ESPINOZA ROJAS Dirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2352544-1 DEFENSA Modifican el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 00419-2023-DE, en el extremo referido al valor final de los pasajes aéreos autorizados RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01721-2024-DE Lima, 11 de diciembre del 2024 VISTOS: Los Ofi cios N° 9272/51, N° 3295/51 y N° 6908/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; y, el Informe Legal N° 02258-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 00419-2023- DE, se autorizó el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Roberto Augusto DURAND ZUAZO y del Capitán de Fragata David Alonso LAZO VILDOSO, para que participen en la Reunión Media de Planeamiento (MPC) de la Jornada de Apoyo al Desarrollo “BINACIONAL COL-PER 2023”, la cual se realizó en la Base Naval Logística N° 3 ARC “Leguízamo”, en el Puerto Leguízamo (Putumayo), República de Colombia, del 16 al 18 de mayo de 2023; Que, asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial señaló que la Marina de Guerra del Perú efectuaría los pagos, entre otros, por concepto de pasajes aéreos internacionales de mil con 00/100 dólares americanos (US$ 1,000.00) a cada comisionado, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente; Que, con Ofi cio N° 452/81, el Comandante General de Operaciones de la Amazonía comunica al Director de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú que la Ofi cina General de Administración de la citada Institución Armada informó que los aludidos pasajes superaban el valor antes indicado en la Resolución Ministerial N° 00419-2023-DE; por lo que, el Capitán de Fragata Roberto Augusto DURAND ZUAZO y el Capitán de Fragata David Alonso LAZO VILDOSO asumieron con recursos propios la diferencia del costo de cada uno de los pasajes; Que, por medio del Ofi cio N° 439/51, la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú informa que mediante los tickets electrónicos emitidos por la agencia de viajes Domiruth Travel Service, se puede evidenciar que los referidos pasajes aéreos internacionales superan el valor indicado en párrafos precedentes, llegando a cotizar cada pasaje por un monto de mil quinientos treinta con 69/100 dólares americanos (US$ 1,530.69), teniendo que asumir la diferencia del costo de cada uno de los pasajes, de acuerdo a las tres (3) constancias de transferencias; Que, a través del Informe Legal N° 098-2024, la Jefatura de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú emite opinión favorable a la propuesta de modifi cación del artículo 2 de la referida Resolución Ministerial, a fi n de considerar el valor fi nal de los pasajes aéreos del Capitán de Fragata Roberto Augusto DURAND ZUAZO y del Capitán de Fragata David Alonso LAZO VILDOSO, y reintegrar la diferencia del costo de los mismos a los citados Ofi ciales Superiores; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 035-2024, suscrita por la División de Remuneraciones de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la Ofi cina General de Administración de dicha Institución Armada, la diferencia de los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 051-2024, el Jefe Accidental de la Ofi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos involucrados en la propuesta de acto resolutivo; asimismo, con la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000101 emitida por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del mismo; Que, con Ofi cios N° 9272/51, N° 3295/51 y N° 6908/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina remite un proyecto de Resolución Ministerial que modifi ca el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 00419-2023-DE, a fi n de considerar el valor fi nal de los