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16 NORMAS LEGALES Viernes 13 de diciembre de 2024 El Peruano / Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuya creación se propone; Que, asimismo, con el Informe Nº D0000473-2024- MIDIS-OGPPM, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en atención al Informe Nº D000251-2024-MIDIS-OM de su Ofi cina de Modernización, emite opinión favorable sobre el proyecto normativo que formaliza la creación de un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el objeto de proponer una Agenda Social Territorial que contenga las medidas e intervenciones destinadas a promover el desarrollo e inclusión social con enfoque territorial en el distrito de Corani, provincia de Carabaya, departamento de Puno; Que, a través del Informe Nº D000559-2024-MIDIS- OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, considera viable emitir el acto resolutivo que formaliza la creación del referido Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, conforme a lo propuesto por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; Que, en ese sentido, resulta pertinente constituir el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal con el objeto de proponer medidas e intervenciones destinadas a promover el desarrollo e inclusión social con enfoque territorial en el distrito de Corani, provincia de Carabaya y departamento de Puno; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Resolución Ministerial Nº D000143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modifi catorias, por el cual se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación y Objeto del Grupo de Trabajo Multisectorial Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el objeto de proponer una Agenda Social Territorial (informe técnico) que contenga las medidas e intervenciones destinadas a promover el desarrollo e inclusión social con enfoque territorial en el distrito de Corani, provincia de Carabaya, departamento de Puno. Artículo 2.- Integrantes El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por los/las siguientes integrantes: a) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, quien la preside b) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. c) Un/a representante de la Presidencia de Consejo de Ministros. d) Un/a representante del Ministerio de la Producción.e) Un/a representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. f) Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. g) Un/a representante del Ministerio de Educaciónh) Un/a representante del Ministerio de Salud.i) Un/a representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. j) Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas. k) Un/a representante de la Municipalidad Distrital de Corani.Artículo 3.- Funciones El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Analizar, apoyar y coordinar las propuestas de medidas necesarias que contribuyan al desarrollo territorial del distrito de Corani, a partir de la elaboración y validación de una Agenda Social. b) Articular con las entidades públicas y otros actores, la programación de las acciones para el cumplimiento de la Agenda Social. c) Proponer acciones y actividades orientadas al cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo. Artículo 4.- Designación de representantes Las entidades públicas que integran el Grupo de Trabajo Multisectorial, detalladas en el artículo 2, designan a sus representantes titular y alterno, mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, quien asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas del funcionamiento del Grupo de Trabajo; así como, reporta periódicamente a la Presidencia y es responsable de llevar el registro de los acuerdos, y toda la documentación que se genere. Artículo 6.- Participación de otras entidades públicas o privadas El Grupo de Trabajo Multisectorial, para el cumplimiento de su objeto y funciones, puede convocar la participación de otras entidades públicas en el marco de sus respectivas competencias, así como, de personas jurídicas privadas, instituciones académicas y de investigación y organizaciones no gubernamentales; en calidad de invitados. Artículo 7.- Información, colaboración, asesoramiento, y apoyo de profesionales 7.1. El Grupo de Trabajo Multisectorial puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional; así como de los gobiernos regionales y gobiernos locales, sin que ello genere gastos al Tesoro Público. 7.2. El Grupo de Trabajo Multisectorial, a través de la Secretaría Técnica, puede solicitar información a las entidades públicas pertinentes, para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 8.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial, sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial, es ad honórem, no irrogando gastos al Estado. Artículo 9.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 10- Vigencia e informe fi nal El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene una vigencia de ciento ochenta (180) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación. Concluida su vigencia, la Secretaría Técnica dispone de treinta (30) días calendarios para presentar un informe fi nal ante el Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.