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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2024 El Peruano / transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias y la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la ejecución de la Expropiación del área afectada del inmueble y del valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área afectada de un (01) inmueble para la ejecución de la obra: “Rehabilit ación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho – Abancay, Tramo: Km. 210+000 – Km. 256+500” y el valor de la Tasación, ascendente a S/ 23 335,68 (VEINTITRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 68/100 SOLES), correspondiente al código AND-354, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto del área expropiada del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción registral del área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÁUL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA AFECTADA DEL INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA AYACUCHO - ABANCAY, TRAMO: KM. 210+000 – KM. 256+500" N°SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1Ministerio de Transportes y Comunicaciones – PROVIAS NACIONALMAXIMILIANA GUIZADO GUIZADO DEMETRIO ORTIZ PALOMINOCÓDIGO: AND-354Área total afectada: 364.62 m2AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 23 335,68 Linderos y medidas perimétricas del área afectada: ° Por el Norte: Colinda con la misma propiedad. Con una longitud de 45.51 m.° Por el Este: Colinda con la U.C. 11838. Con una longitud de 3.69 m.° Por el Sur: Colinda con la Carretera Ayacucho – Abancay. Con una longitud de 48.66 m.° Por el Oeste: Colinda con la Carretera Ayacucho – Abancay. Con una longitud de 12.67 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértice LadoDistancia (ml)WGS 84 Este(X) Norte(Y) 1 1-2 5.80 663342.8086 8489752.2767 2 2-3 13.02 663348.0423 8489754.7764 3 3-4 13.02 663360.4751 8489758.6283 4 4-5 13.67 663373.3342 8489760.6416 5 5-6 3.69 663387.0041 8489760.7060 6 6-7 7.94 663386.1337 8489757.1188 7 7-8 7.68 663378.2639 8489756.0488 Partida Registral N° 40020244 del Registro de Predios de la Oficina Registral Andahuaylas, Zona Registral N° X - Sede Cusco. Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 21.07.2023 (Informe Técnico N° 008288-2023-Z.R. N° X-SEDE-CUSCO/UREG/CAT de fecha 17.07.2023, Oficina Registral Andahuaylas, Zona Registral N° X - Sede Cusco). Informe Técnico N° 082-2024-TRP de fecha 22.10.2024, suscrito por el especialista técnico de la Dirección de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL.8 8-9 5.26 663370.6540 8489754.9888 9 9-10 3.79 663365.8441 8489752.8489 10 10-11 6.41 663362.9141 8489750.4489 11 11-12 4.90 663357.7042 8489746.7090 12 12-13 5.08 663353.4342 8489744.3090 13 13-14 7.60 663348.7643 8489742.2991 14 14-15 3.74 663341.6344 8489739.6591 15 15-16 6.88 663341.8844 8489743.3891 16 16-1 2.05 663342.5444 8489750.2389 2355518-1