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131 NORMAS LEGALES Domingo 22 de diciembre de 2024 El Peruano / creación del servicio de serenazgo, en el distrito de Mi Perú, en adecuación a la Ley Nº 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal. Que, a través del Memorando Nº 775-2024-MDMP/ OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, concluye (4.1) …emite opinión viable a la propuesta de Ordenanza que aprueba la Formalización de la Creación del Servicio de Serenazgo en el Distrito de Mi Perú, en adecuación a la Ley Nº 31297, como se indica en el articulo 11, numeral 2 inciso a, del decreto Supremo Nº 012-2029-IN, señala: Ordenanza que crea el servicio de serenazgo, resultando importante la formalización de la creación del Servicio de Serenazgo en la jurisdicción del distrito de Mi Perú para fortalecer las acciones a favor de la seguridad ciudadana y contribuir a elevar la calidad de vida de nuestros vecinos y visitantes. Que, mediante el Informe Nº 396-2024-MDMP/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye (4.4) …opina de manera favorable que la formalización de la creación del servicio de serenazgo en la jurisdicción de Mi Perú, sea aprobado mediante ordenanza municipal. Que, con Dictamen Nº 005-2024-MDMP/CSC, de la Comisión de Seguridad Ciudadana de regidores, por los fundamentos allí expuestos recomienda al Colegiado Edil, la aprobación la aprobación de la “Ordenanza que aprueba la Formalización de la Creación del Servicio de Serenazgo en el Distrito de Mi Perú, en adecuación a la Ley Nº 31297” En uso de las facultades otorgadas por los incisos 8) y 9) del Artículo 9º así como del artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la presente: ORDENANZA QUE FORMALIZA LA CREACIÓN DEL SERVICIO DE SERENAZGO EN EL DISTRITO DE MI PERÚ EN CONCORDANCIA CON LA LEY Nº 31297 Artículo Primero.- FORMALIZAR la creación del Servicio de Serenazgo en la jurisdicción del distrito de Mi Perú, adecuándose a la Ley Nº 31297, para fortalecer las acciones de seguridad ciudadana en el distrito, mediante acciones preventivas de patrullaje y seguridad en todas sus modalidades, en apoyo a la Policía Nacional del Perú, a cargo del Área Funcional de Serenazgo, dependiente de la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor alcalde para que disponga las acciones administrativas correspondientes con el objeto de desarrollar adecuadamente el Servicio de Serenazgo, así como también el cumplimiento de las disposiciones municipales afi nes. Artículo Tercero.- PRECISAR que el Servicio de Serenazgo de Mi Perú, desempeñará las funciones establecidas en el Capítulo IV del Manual del Sereno, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 772-2019- IN. Artículo Cuarto.- Funciones generales del Área Funcional de Serenazgo: a. Elaborar, proponer y ejecutar las actividades del Plan Operativo Institucional y Presupuesto Anual, a través de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, disponiendo efi ciente y e fi cazmente, el uso de los recursos económicos, materiales y equipos asignados. b. Programar, coordinar, ejecutar y supervisar las actividades relacionadas con la seguridad ciudadana en el distrito, garantizando la seguridad y el control del orden en las áreas de uso público, conjuntamente con la Policía Nacional del Perú, realizando patrullajes permanentes, diurnos y nocturnos. c. Prestar auxilio y protección, propiciando la tranquilidad, orden y seguridad y convivencia pací fi ca de la comunidad. d. Programar, organizar, dirigir y controlar el Servicio de Serenazgo, dentro de la jurisdicción del distrito. e. Programar, organizar, dirigir y controlar los servicios de la Central de Emergencias “ALERTA MI PERÚ” del distrito, en general.,f. Programar, dirigir, supervisar, controlar y evaluar las acciones de capacitación y preparación de los radio-operadores; y operadores de cámaras de vídeo, de la Central de Emergencias “ALERTA MI PERÚ de la Municipalidad distrital de Jesús María. g. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la seguridad de los vecinos, a través de acciones de información, prevención y vigilancia. h. Programar, dirigir, supervisar, evaluar y controlar permanentemente las acciones de capacitación y preparación de los Agentes de Seguridad Ciudadana, para el cumplimiento e fi caz y e fi ciente de sus funciones. i. Supervisar y asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad ciudadana en los eventos de carácter público organizados en el distrito. j. Atender y canalizar las denuncias del público en materia de seguridad ciudadana que por su naturaleza requieran atención municipal, coordinando con las instituciones pertinentes. k. Brindar apoyo a las demás unidades orgánicas de la Municipalidad, en caso de ser requerido, para proporcionar seguridad en las acciones e intervenciones que programen, en el ejercicio de la autoridad municipal y en el ámbito de su competencia. l. Coordinar con las municipalidades distritales, acciones de Seguridad Ciudadana, así como con entidades públicas y privadas en el ámbito de su competencia. m. Mantener actualizados registros estadísticos del Área Funcional de Serenazgo. n. Proponer, coordinar y ejecutar las acciones necesarias para la implementación del Sistema de Control Interno. o. Implementar las recomendaciones emitidas por el Sistema Nacional de Control que le correspondan. p. Otras funciones que le asigne el Gerente de Seguridad Ciudadana, en el ámbito de su competencia. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El Servicio de Serenazgo Municipal de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, es exclusivamente para la protección de la comunidad, la prevención y disuasión de delitos, faltas e infracciones, con la colaboración de la ciudadanía del distrito de Mi Perú. Segunda.- El Servicio de Serenazgo Municipal del distrito de Mi Perú, está prohibido de efectuar labores especiales, como resguardar a empresas privadas o empresas municipales, salones de juegos, casas comerciales, locales de fi esta y/o que no sea vigilancia ciudadana. Tercera.- Facultar al señor Alcalde a dictar normas complementarias mediante Decreto de Alcaldía que constituyan medidas necesarias para la implementación del Servicio de Serenazgo Municipal en el distrito de Mi Perú. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- DERÓGUESE toda disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- AUTORÍCESE al Señor Alcalde para que en representación del Gobierno Local, proceda a celebrar convenios con el objeto de desarrollar adecuadamente el Servicio de Serenazgo, así como también el cumplimiento de las disposiciones municipales a fi nes, hasta el término de la implementación del Servicio de Serenazgo. Tercera.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento del presente dispositivo. Cuarta.- DISPONER que la O fi cina General de Secretaria y Gestión Documentaria se encargue de publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial EL PERUANO, y que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto publique la Ordenanza en el Portal Institucional de esta Entidad. (www.munimipèru.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. IRVIN T. CHAVEZ LEON Alcalde 2354221-1