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122 NORMAS LEGALES Domingo 22 de diciembre de 2024 El Peruano / de aplicación el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 29 de noviembre de 2021. Artículo Segundo.- PRECISAR que lo previsto en el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 deberá interpretarse según lo dispuesto por el Jurado Nacional de Elecciones para este proceso electoral. Artículo Tercero.- ESTABLECER los hitos electorales aplicables para las Elecciones Internas en el ámbito del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2025, conforme al siguiente detalle: Nº Fecha o periodo Descripción Responsable 1 14 al 16 de enero de 2025Convocatoria a Elecciones InternasOP 2 17 de enero de 2025Plazo máximo para comunicar convocatoria a la ONPEOP 3 27 de marzo de 2025Plazo máximo para inscripción de candidatos a delegadosOP 4 2 de abril de 2025Entrega de listas de precandidatos presentadas por las OPJNE 5 3 al 7 de abril de 2025Plazo máximo para el registro de miembros de mesa designadosOP 6 2 de mayo de 2025Plazo máximo para el registro de la relación de personerosOP Artículo Cuarto.- ESTABLECER que, para efectos de notifi car a las organizaciones políticas las decisiones que adopte la O fi cina Nacional de Procesos Electorales en el marco de las Elecciones Internas, aquellas deberán contar con casilla electrónica actualizada. Las comunicaciones remitidas a la casilla electrónica se rigen por el Reglamento del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales - SISEN - ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000726- 2023-JN/ONPE. Artículo Quinto.- PONER EN CONOCIMIENTO del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil la presente resolución. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2356121-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado PDRC de la región Ayacucho 2024-2034 CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2024-GRA/CR Ayacucho, 22 de octubre de 2024EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHOPOR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, es Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 03 de octubre de 2024, trató el Dictamen Nº 0029-2024-GRA-CPPATyGI: Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Aprobar, el Plan de Desarrollo Regional Concertado-PDRC de la Región Ayacucho 2024-2034”, presentado por la Comisión permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional; y CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1088, crea y regula la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico del Perú (SINAPLAN) y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). Tiene como propósito orientar la plani fi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho; Que, el Artículo 2° del Decreto Supremo Nª 103- 2022-PCM, indica que “La Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, es de cumplimiento obligatorio y aplica a todas las entidades de la Administración Pública, señaladas en el Artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS”; Que, el Principio de Legalidad, previsto en el numeral 1.1 del inciso 1, del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas”; se entiende que la actuación de la Autoridad Administrativa debe ceñirse dentro de los márgenes que establece nuestra normatividad nacional vigente, con la fi nalidad de observar inexorablemente sus alcances; siendo así, el Principio de Legalidad busca que la Administración Pública respete y cumpla las normas legales al momento de ser aplicadas en los casos materia de su competencia; Que, en virtud de las funciones conferidas al Gobierno Regional de Ayacucho en el Artículo 36º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, indica que las normas y disposiciones del Gobierno Regional, se adecuan al ordenamiento jurídico nacional, por tanto, la presente iniciativa legislativa regional no colisiona con ninguna norma local, regional y nacional; Que, mediante Ordenanza Regional N° 004-2016- GRA/CR (12-05-2016), se aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado: PDRC 2016-2021 de la Región Ayacucho, documento base para la articulación de los Planes Estratégicos Institucionales y Operativos del Gobierno Regional de Ayacucho, Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales, Mancomunidades Municipales, Planes Temáticos y de los planes del sector privado; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 424- 2020-GRA/GR, se designa al equipo técnico ampliado del Gobierno Regional de Ayacucho, con representantes de los sectores públicos, municipalidades provinciales, la universidad nacional de San Cristóbal de Huamanga y de la sociedad civil para la formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0028-2021-CEPLAN/PCD (21-05-2021), se aprueba la Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado; Para la mejora de planes estratégicos con