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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (26/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Jueves 26 de diciembre de 2024 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Ordenanza que prorroga para el Ejercicio 2025, la Vigencia de la Ordenanza N° 490/MDC, que aprobó el monto del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2024 ORDENANZA Nº 509-MDC Carabayllo, 12 de diciembre de 2024 VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, la aprobación del Proyecto de Ordenanza que da Prórroga para el Ejercicio 2025, la Vigencia de la Ordenanza que Aprobó el Monto del Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2024. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú preceptúa que “las Municipalidad es Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, la Cuarta Disposición Final del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S. Nº156-2004-EF, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de prestación de declaraciones juradas. Que, con Ordenanza Nº 2386-MML, en su Sétima Disposición Final, Periodicidad de Rati fi cación de Ordenanzas del servicio municipal sobre Emisión Mecanizada de Valores para el contribuyente señala que “Las Ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser rati fi cadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo rati fi catorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en la condiciones que originaron la ratifi cación en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación del Acuerdo de Concejo rati fi catorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre. Que, mediante Ordenanza Nº 490-2023-MDC, la Municipalidad Distrital de Carabayllo aprobó el monto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2024, el mismo que fue rati fi cada con Acuerdo de Concejo Nº631 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 23 de diciembre de 2023. Que, mediante Informe Nº 880- 2024-SGRYFT- GATR/MDC, la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, remite el proyecto de ordenanza de emisión mecanizada 2025 a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. Que, con Informe Nº 071-2024-GATYR/MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas hace de conocimiento a la Gerencia Municipal, sobre el proyecto de ordenanza que da prórroga para el ejercicio 2025, considerando que se someta a la aprobación del concejo municipal y se inicie las acciones correspondientes. Que, mediante Memorando Nº 1701-2024-GM/MDC, Gerencia Municipal remite a Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional el proyecto ordenanza para que brinde su opinión correspondiente. Que, con Informe Nº169-2024-GPPCI/MDC, La Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional hace de conocimiento a la Gerencia Municipal del proyecto de prórroga que resulta favorable, considerando que se encuentra alienado con el Plan estratégico institucional (PEI) 2017-2026. Que, mediante Informe Nº 282-2024-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica después de la revisión de los actuados remitidos y la normatividad señalada en los párrafos procedentes, emite opinión legal favorable respecto a la aprobación del proyecto de Ordenanza que da Prórroga para el Ejercicio 2025, la Vigencia de la Ordenanza que Aprobó el Monto del Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2024. Que, con Memorando Nº 1781-2024-GM/MDC, la Gerencia Municipal teniendo en cuenta el pronunciamiento de las demás unidades orgánicas competentes, remite los actuados para que sea elevado al Concejo Municipal para su trámite correspondiente. Que, mediante Dictamen Nº 11-2024-CEPP/MDC, la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto recomienda al Pleno del Concejo Municipal, la aprobación del proyecto de Ordenanza que da Prórroga para el Ejercicio 2025, la Vigencia de la Ordenanza que Aprobó el Monto del Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2024. Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en los numerales 8 y 9 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2025, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N º490/MDC QUE APROBÓ EL MONTO DE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2024 Artículo Primero.- PRORROGAR para el ejercicio 2025, la vigencia de la Ordenanza Nº490/MDC que aprobó el monto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2024, rati fi cada con Acuerdo de Concejo Nº631-MML, publicado en el diario o fi cial “El Peruano” el 23 de diciembre del 2023. Artículo Segundo.- FIJESE en S/ 4.80 (Cuatro con 80/100 Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes que cuente con un predio rustico y S/ 5.10 (Cinco con 10/100 Soles) el importe que deberán abonar los contribuyentes que cuente con un predio urbano la tasa por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores de la Declaración Jurada, Determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y su distribución correspondiente al ejercicio 2025. Los contribuyentes que tienen más de un predio, deberán abonar la suma de S/ 0.33 (Treinta y tres Céntimos de Sol) por cada formato adicional HR (Hoja de Resumen), PU–PR (Predio Urbano-Predio Rustico), y la HLA (Hoja de Liquidación de Arbitrios). DISPOSICIONES FINALES Primera.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2025, previa publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”.