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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 171

171 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / 2114, 2398, 2680 y 2751-2022-MP-FN: 040, 078, 080, 082, 095, 115, 486, 961, 1769, 1812, 2091, 2096, 2361, 2733, 2845, 2974, 3042 y 3060-2023-MP-FN; y, 782, 2615 y 2843-2024-MP-FN; de fechas 30 y 31 de diciembre de 2021; 2 de febrero, 10, 23, 28 y 29 de marzo, 27 de abril, 2 de julio, 5, 18 y 25 de agosto, 7 y 14 de septiembre, 6 de octubre, 12 de noviembre, 15 y 20 de diciembre de 2022; 7, 12 y 13 de enero, 24 de febrero, 28 de abril, 20 y 25 de julio, 21 de agosto, 20 de septiembre, 18 y 27 de octubre, 3, 7 y 9 de noviembre de 2023; y, 20 de marzo, 13 de noviembre y 13 de diciembre de 2024, respectivamente; las cuales fueron creadas mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 087-2021-MP-FN-JFS, conforme al anexo; a partir del 1 de enero de 2025 hasta la disponibilidad presupuestal u otra disposición por necesidad de servicio. Artículo Segundo.- Publíquese la presente resolución en El Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el anexo, en la página web de la Institución (www.mpfn.gob.pe). Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Penal, Segunda Fiscalía Suprema Penal, Fiscalía Suprema de Familia, Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Piura, Puno, San Martín, Santa, Selva Central, Sullana, Tacna, Tumbes y Ucayali, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Ofi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, Coordinación Nacional de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y O fi cina General de Tecnologías de la Información. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2357937-1OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban transferencia financiera y otorgamiento mensual de subvención del financiamiento público directo de enero a junio del año 2025, a favor de organizaciones políticas beneficiarias, y fijan fecha límite de presentación de rendición de cuentas correspondiente al primer semestre de 2025 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000212-2024-JN/ ONPE Lima, 27 de diciembre de 2024VISTOS: El Informe Nº 000548-2024-GSFP/ONPE de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; el Memorando Nº 001339-2024-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000132- 2024-GG/ONPE-2024-GAJ/ONPE de la Gerencia General; así como, el Informe Nº 000622-2024-GAJ/ ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Mediante Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 9 de julio de 2020, se convocó a Elecciones Generales para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes y Congresistas de la República, para el día 11 de abril de 2021; Con fecha 12 de junio de 2021, se publicó en el diario ofi cial El Peruano el 12 de junio de 2021, la Resolución Nº 0602-2021-JNE del Jurado Nacional de Elecciones. A través de esta, se declaró que, en las elecciones de congresistas de la República del proceso de Elecciones Generales 2021, las organizaciones políticas que obtuvieron representación en el Congreso de la República para el periodo legislativo 2021-2026, son las siguientes: ORGANIZACIÓN POLÍTICA PARTIDO POLÍTICO NACIONAL PERÚ LIBRE FUERZA POPULAR RENOVACIÓN POPULAR ACCIÓN POPULAR ALIANZA PARA EL PROGRESO AVANZA PAÍS – PARTIDO DE INTEGRACIÓN SOCIAL JUNTOS POR EL PERÚ PARTIDO DEMOCRÁTICO SOMOS PERÚ PODEMOS PERÚ PARTIDO MORADO De conformidad con el artículo 29 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Política (en adelante, LOP), los partidos políticos que obtienen representación en el Congreso de la República reciben fi nanciamiento público directo (FPD) por parte del Estado, cuyo monto resulta de multiplicar el número total de votos emitidos para elegir representantes al Congreso de la República por el 0.1% de la Unidad Impositiva Tributaria; Es, en atención a ello, que a través de la Resolución Jefatural Nº 001690-2021-JN/ONPE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 3 de diciembre de 2021, se aprobó el monto total destinando al FPD a favor de las organizaciones políticas que obtuvieron representación en el Congreso de la República en las Elecciones Generales 2021. También se aprobó el monto total del FPD correspondiente a cada organización política; Ahora bien, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos