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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2024 (07/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Domingo 7 de enero de 2024 El Peruano / Delegan facultades en diversos funcionarios de la Autoridad Nacional del Servicio Civil durante el Año Fiscal 2024 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 000001-2024-SERVIR-GG Lima, 5 de enero de 2024VISTOS: El Informe Nº 000378-2023-SERVIR-GG- ORH de la O fi cina de Recursos Humanos, el Informe Nº 000210-2023-SERVIR-GG-OGAF de la O fi cina General de Administración y Finanzas, el Informe Nº 000363-2023-SERVIR-GG-OPP y el Informe Técnico Nº 000071-2023-SERVIR-GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 000001-2024-SERVIR-GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en adelante TUO de la LPAG, señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, precisando que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Asimismo, señala que son indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, y modi fi catorias, establecen las reglas y parámetros legales que deberán considerar las entidades públicas a efectos de tramitar los procedimientos de selección para las contrataciones de bienes, servicios en general, consultorías u obras; Que, conforme al artículo 8 de la acotada Ley, el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva de conformidad con las normas de organización de cada entidad, el cual ejerce las funciones previstas en la referida Ley y su Reglamento, que pueden delegarse mediante resolución, a excepción de los supuestos que establezca la normativa. Sobre el particular, por medio del Informe Nº 000164-2023-SERVIR-GG-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto opina que, desde el punto de vista organizacional, el Gerente General sería el Titular de la Entidad y quien ejerce las funciones previstas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento (del Sistema Administrativo de Abastecimiento) para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes y servicios; Que, por otro lado, el literal j) del artículo IV de la del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM indica que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, y modi fi catorias, establece que el/la Gerente/a General es la máxima autoridad administrativa de SERVIR; Que, asimismo, conforme a los literales h), i), m) y n) del artículo 12 del precitado Reglamento, corresponde al Gerente General, entre otras funciones: aprobar la adquisición de bienes y contratación de servicios con cargo al Presupuesto Institucional y el Plan Anual de Contrataciones; designar a los comités que sean necesarios para las contrataciones y adquisiciones que requiera SERVIR; ejercer la representación legal de la entidad; y delegar sus funciones y facultades en cualesquiera de los Jefes de O fi cinas, cuando lo considere pertinente; Que, el artículo 1954 del Código Civil, regula la fi gura del enriquecimiento sin causa señalando que, aquel que se enriquece indebidamente a expensas de otro está obligado a indemnizarlo. Al respecto, por medio del Memorando Nº 000355-2023-SERVIR-GG-OPP la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, concluyó que corresponde a la Gerencia General la función de aprobar el reconocimiento de deuda por enriquecimiento sin causa, en tanto, como máxima autoridad administrativa de la entidad, tiene entre sus funciones aprobar la adquisición de bienes y contratación de servicios, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 y 12 del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR; Que, en ese contexto, a través del Informe Nº 000363-2023-SERVIR-GG-OPP y el Informe Técnico Nº 000071-2023-SERVIR-GG-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre propuestas efectuadas con: i) Informe Nº 000210-2023-SERVIR-GG-OGAF de la O fi cina General de Administración y Finanzas, que promueve que el Gerente/a General le delegue diversas funciones en materia de adquisición de bienes y contrataciones de servicios, aprobación de enriquecimiento sin causa y representación; y ii) Informe Nº 000378-2023-SERVIR-GG-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos, que promueve se le delegue funciones relacionadas a contratación de personal y representación; precisando que con dichas delegaciones se favorece la segregación de funciones, garantizando la óptima ejecución de la función delegada en términos de simplicidad, e fi cacia y efi ciencia; Que, por medio del Informe Legal Nº 000001-2024-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable aprobar la delegación de las funciones del Gerente General a el/la Jefe/a de la O fi cina de Recursos Humanos y a el/la Jefe/a de la O fi cina General de Administración y Finanzas, de acuerdo a lo requerido por las respectivas unidades orgánicas, dependientes de la Gerencia General; Con el visado de la O fi cina General de Administración y Finanzas, de la O fi cina de Recursos Humanos, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina General de Administración y Finanzas, para el Año Fiscal 2024, las funciones previstas en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, y modi fi catorias, siguientes: a) Aprobar las Modi fi caciones al Plan Anual de Contrataciones. b) Aprobar los Expedientes de Contratación, los documentos del procedimiento de selección, correspondientes a los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica,