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23 NORMAS LEGALES Domingo 7 de enero de 2024 El Peruano / el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio portador local, en la modalidad conmutado. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa FIBROM S.A.C. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Autorizar al Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura pública del referido contrato y de las adendas. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa FIBROM S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión y con la presentación de la carta fi anza que asegure el inicio de operaciones. Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÁUL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2250445-1 Aprueban la modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 145 “Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas” Nueva Edición, Enmienda 2, que pasará a ser RAP 145 “Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas”, Segunda Edición, Enmienda 3 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1241-2023-MTC/12 Lima, 19 de diciembre 2023VISTO: el Informe N° 0713-2023-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico de la Dirección General de Aeronáutica Civil; CONSIDERANDO:Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modi fi car y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAP) y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pone en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modi fi cación de las RAP con una antelación de quince días calendario; Que, mediante Resolución Directoral N° 415-2018- MTC/12, del 16 de mayo de 2018, se aprobó el texto de la RAP 145 “Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas”-Nueva Edición, Enmienda 1; Que, mediante Resolución Directoral N° 972-2019- MTC/12, del 11 de diciembre de 2019, se aprobó el texto de modi fi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú-RAP 145 “Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas” Nueva Edición, Enmienda 2; Que, dentro del proceso de elaboración normativa, con Resolución Directoral N° 1034-2023-MTC/12, del 25 de octubre de 2023, se aprobó la difusión del proyecto de modi fi cación de la RAP 145 “Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas” Nueva Edición, Enmienda 2, que pasará a ser RAP 145 “Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas”, Segunda Edición, Enmienda 3; Que, la modi fi cación planteada tiene base, principalmente, en la Enmienda 109 del Anexo 8; Enmienda 1 del Anexo 19 y las Enmiendas 48, 40 y 24 del Anexo 6 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional; Que, el texto del proyecto de la citada RAP cuenta con opiniones favorables de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico, la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Dirección de Certi fi caciones y Autorizaciones así como la conformidad para su aprobación de la Asesoría Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil, emitidas mediante Informe N° 0713-2023-MTC/12.08, Memorando N° 1824-2023-MTC/12.04, Memorando N° 1012-2023-MTC/12.07 y Memorando N° 2523-2023-MTC/12.00.03, respectivamente; De conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley N° 27261 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú-RAP 145 “Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas” Nueva Edición, Enmienda 2, que pasará a ser RAP 145 “Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas”, Segunda Edición, Enmienda 3. Artículo 2.- Dejar sin efecto los textos anteriores de la Regulación Aeronáutica del Perú-RAP 145, materia de modi fi cación. Artículo 3.- El texto de la Regulación Aeronáutica del Perú-RAP 145 “Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas” Segunda Edición, Enmienda 3, es publicado en la Plataforma digital única del Estado peruano (https://www.gob.pe/institucion/mtc/colecciones/193) Regístrese, comuníquese y publíquese.DONALD HILDEBRANDO IVÁN CASTILLO GALLEGOSDirector General de Aeronáutica Civil 2250480-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban la actualización del Manual de Clasificador de Cargos del Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 Lima, 6 de enero de 2024VISTOS: El Informe Nº 010-2024/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/3.3.5 del Área de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, el Informe Nº 006-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1.1 del Área de Planeamiento de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 005-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 de la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, y el O fi cio Nº 005-2024/VIVIENDA-OGRH la Ofi cina General de Recursos Humanos del MVCS, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA se creó el Programa Agua para