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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2024 (07/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Domingo 7 de enero de 2024 El Peruano / así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los Expedientes de Contratación del método especial de contratación de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, expedientes de contratación y los documentos del procedimiento de selección de las Contrataciones Directas, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. c) Designar y aprobar la remoción o renuncia de los/ las integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección para el desarrollo de los procedimientos de selección de Licitación Pública, Concurso Público y Selección de Consultores Individuales; así como, para el caso de procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada y Subasta Inversa Electrónica, cuando lo considere necesario, a propuesta de la Sub Jefatura de Abastecimiento. d) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica, por causal debidamente motivada. e) Suscribir y resolver los contratos y sus adendas, provenientes de los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica, así como, los que se deriven de ellos, en caso de declaratoria de desierto; incluyendo a los procedimientos sujetos al método especial de contratación de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, y los resultantes de las Contrataciones Directas. f) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios, incluyendo las reducciones, hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, proveniente de los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica, así como, los que se deriven de ellos, en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los supuestos de aprobación de Contrataciones Directas conforme a la norma vigente. g) Autorizar y suscribir contratos complementarios provenientes de procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica, así como, los que se deriven de ellos, en caso de declaratoria de desierto. h) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual provenientes de los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los sujetos al método especial de contratación de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y los resultantes de las Contrataciones Directas. i) Aprobar la estandarización de bienes y servicios.j) Autorizar la participación y contratación de expertos independientes para apoyar o integrar los Comités de Selección, previo sustento del área usuaria. k) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. l) Aprobar que el Comité de Selección considere válida la oferta económica y otorgue la buena pro en el supuesto que las ofertas superen el valor estimado o referencial de la convocatoria según corresponda, previa certi fi cación de crédito presupuestario. m) Aprobar las modi fi caciones del Cuadro Multianual de Necesidades en el marco de la normativa vigente. Artículo 2.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina General de Administración y Finanzas, para el Año Fiscal 2024, las funciones de suscribir y resolver las órdenes de compra y servicio, respecto a los supuestos excluidos del ámbito de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, y modi fi catorias, regulados en los artículos 4 y 5 de la citada Ley; así como, resolver las ampliaciones de plazo, que corresponda. Artículo 3.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina General de Administración y Finanzas, para el Año Fiscal 2024, las funciones siguientes: a) Representar a SERVIR ante la ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, el Servicio de Administración Tributaria – SAT, el Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y sus O fi cinas y Zonas Registrales, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, las empresas de servicios públicos, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, el Tribunal del Organismo de Contrataciones del Estado, para que realice cualquier acto y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones administrativas y de gestión de SERVIR, que se encuentren vinculadas con las funciones de la O fi cina General de Administración y Finanzas de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR. b) Aprobar el reconocimiento de deuda, en aquellos supuestos en los que se establezca que concurren los elementos para la con fi guración del enriquecimiento sin causa, en concordancia con la normativa vigente. Artículo 4.- Delegar en el/la Jefe/a de la de la O fi cina de Recursos Humanos, para el Año Fiscal 2024, las funciones siguientes: a) Suscribir los contratos administrativos de servicios derivados del Decreto Legislativo Nº 1057 y modi fi catoria, así como los actos que modi fi quen, prorroguen, renueven y extingan los mismos. b) Suscribir los actos que modi fi quen y/o extingan los contratos de personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo Nº 728. c) Suscribir los contratos de servidores de actividades complementarias, servidores de con fi anza y servidores bajo contratación directa, bajo el régimen de la Ley Nº 30057, así como las modi fi caciones, renovaciones y término de los mismos, de corresponder. d) Suscribir los convenios de prácticas pre profesionales y profesionales derivados del Decreto Legislativo Nº 1401, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público, así como los actos que modi fi quen, renueven, culminen y resuelvan los mismos. e) Representar a SERVIR ante la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, las Entidades Prestadoras de Salud - EPSs, el Seguro Social de Salud - Essalud, las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, las Instituciones Prestadoras de Salud - IPRESS, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MTPE y la O fi cina de Normalización Previsional - ONP, para que realice cualquier acto y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones administrativas y de gestión de SERVIR, y que se encuentren vinculadas con las funciones de la O fi cina de Recursos Humanos, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR. f) Suscribir contratos con entidades prestadoras de Salud – EPS y pólizas de seguros relacionadas a riesgos humanos. Artículo 5 .- La delegación de funciones previstas en los artículos precedentes de la presente Resolución de Gerencia General con fi ere la capacidad decisoria y/o resolutiva sobre los asuntos materia de delegación, sin que ello exima a los servidores delegados de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos. Artículo 6 .- Disponer que los servidores/as a los/las cuales se les ha delegado las funciones en la presente Resolución de Gerencia General, están obligados a