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29 NORMAS LEGALES Jueves 25 de enero de 2024 El Peruano / Unipersonales de la Provincia de Huaral; y el 1° Juzgado Penal Unipersonal - Procesos de Flagrancia, Omisión Asistencia Familiar y Conducción en Estado Ebriedad y Drogadicción del distrito de Huacho, provincia de Huaura. 1.2. Reconformar el Juzgado Penal Colegiado Conformado de la Provincia de Barranca, Corte Superior de Justicia de Huaura, con el 1° y 2° Juzgados Penales Unipersonales de la Provincia de Barranca, y el 2° Juzgado Penal Unipersonal - Procesos de Flagrancia, Omisión Asistencia Familiar y Conducción en Estado Ebriedad y Drogadicción del distrito de Huacho, provincia de Huaura. 1.3. Disponer que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial y la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, realicen las adaptaciones en el Sistema Integrado Judicial para el ingreso de expedientes según lo especi fi cado. 1.4. Disponer que después de 3 meses de funciones de los nuevos Juzgados Penales Colegiados Conformados de las provincias de Huaral y Barranca, la Corte Superior de Justicia de Huaura informará a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal los avances de producción del 3° y 4° Juzgados Penales Unipersonales del distrito de Huacho, provincia de Huaura. 1.5. Precisar que la presente resolución no contempla redistribución de expedientes en la función penal colegiado; por lo cual, deberán concluir la carga procesal existente, con la fi nalidad de evitar el quiebre de los juicios orales. 1.6. Los gastos que se generen en la ejecución de la presente norma, serán fi nanciados en su totalidad con cargo a la partida presupuestaria asignada a la Corte Superior de Justicia de Huaura. Artículo Segundo.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, en cuanto sea de su competencia, adoptar las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado, garantizando la celeridad de los procesos judiciales. Artículo Tercero.- Noti fi car la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2255782-1 Disponen la reconformación del Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000021-2024-CE-PJ Lima, 24 de enero del 2024 VISTO: El O fi cio N° 000026-2024-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por la Secretaria Técnica (e) de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO:Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000078-2022-CE-PJ, designó, a partir de la fecha de publicación de la mencionada resolución en el Diario O fi cial del Bicentenario “El Peruano”, a los siguientes jueces como miembros del Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, quienes desempeñarán el cargo en adición a sus funciones, por el periodo de dos años, conforme a la gestión de la Presidencia del Poder Judicial: • José Antonio Neyra Flores, Juez Supremo Provisional de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República. • Víctor Alberto Martín Burgos Mariños, Juez Superior Titular de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. • Anthony Christian Cerna Manyari, Juez Titular del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte. • Miguel Braulio Gutiérrez Salvador, Juez de Paz Letrado Titular en adición Juzgado de la Investigación Preparatoria de la Provincia de Pachitea, Corte Superior de Justicia de Huánuco. Segundo. Que, la Secretaria Técnica (e) de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000001-2024-ST-UETI-CPP-PJ, proponiendo la modi fi cación de la Resolución Administrativa N° 000078-2022-CE-PJ. Tercero. Que, los artículos 5 y 6 de la Nueva Estructura Organizacional y Funcional de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, aprobada por Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, establece que la referida unidad tiene la siguiente composición y estructura orgánica: Composición: • Presidida por un miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. • Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. • Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal - Gestoría Administrativa. Estructura Orgánica: • Órgano de Dirección: Presidencia del Poder Judicial. • Órgano de Apoyo: Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. • Órgano Consultivo: Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. • Órganos de Asistencia Técnica: Secretario (a) Técnico (a) de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y Gestoría Administrativa de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. • Órganos Desconcentrados: Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal. Cuarto. Que, el artículo 12 del mismo cuerpo normativo, dispone que el Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, estará conformado de la siguiente manera: • Un Juez Supremo de la especialidad Penal. • Un Juez Superior que aplica el Código Procesal Penal. • Un Juez Especializado que aplica el Código Procesal Penal. • Un Juez de Paz Letrado que aplica el Código Procesal Penal, en el proceso de faltas. Quinto. Que, asimismo, el artículo 13 del citado texto normativo expone las funciones a desarrollar por el Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, las cuales son emitir opinión en los asuntos que la presidencia de la Unidad de Equipo Técnico someta a consideración, evaluar y recomendar a la presidencia de la Unidad