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16 NORMAS LEGALES Jueves 25 de enero de 2024 El Peruano / que resulta viable legalmente efectuar la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Contigo y dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 007-2020-MIDIS/PNPDS-DE; Que, estando a lo propuesto por la Coordinación de Recursos Humanos de la Unidad de Administración y contándose con la opinión favorable de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; así como de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, corresponde aprobar la modi fi cación del Manual Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional Contigo y dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 007-2020-MIDIS/ PNPDS-DE; Con el visto de la Unidad de Administración, de la Coordinación de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, que formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional; y el Manual de Operaciones del Programa Contigo, aprobado por Resolución Ministerial N° 012-2020-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 07-2020-MIDIS/PNPDS-DE que aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, así como, toda resolución que se oponga a la presente. Artículo 2.- Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, el mismo que, como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Administración, publique la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en coordinación con la Unidad de Comunicaciones e Imagen, se publique la presente resolución y su anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe); en el Portal de Transparencia Estándar; en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://www.gob.pe/ contigo) en la misma fecha que se efectúe la publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ORFELINA ARPASI QUISPE Directora Ejecutiva - Programa CONTIGO Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO 2255494-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican la Resolución Ministerial N° 0009-2024-RE que autorizó viaje de Viceministro de Relaciones Exteriores a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0047-2024-RE Lima, 24 de enero de 2024VISTOS: La Resolución Ministerial N° 0009-2024-RE, de 8 de enero de 2024; la Hoja Trámite (GAC) N° 328, del Despacho Viceministerial, de 24 de enero de 2024; y, el Memorándum (OAP) N° OAP00261/2024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 24 de enero de 2024; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0009- 2024-RE, de 8 de enero de 2024, se autorizó el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ignacio Higueras Hare, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 23 al 25 de enero de 2024, para asistir a la Reunión del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pací fi co, a la reunión del Consejo de Ministros de la Alianza del Pací fi co, el 24 de enero de 2024, así como en las reuniones con los equipos que participarán en las reuniones de coordinadores nacionales Que, por razones del servicio, se ha modi fi cado el itinerario de retorno del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ignacio Higueras Hare, Viceministro de Relaciones Exteriores, por lo que resulta necesario modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 009-2024- RE, de 8 de enero de 2024; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135- 2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0009-2024-RE, de 8 de enero de 2024, conforme al siguiente tenor: “Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 (263) Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y Código POI AOI00004500014 Garantizar Permanentemente la Gestión del Despacho Viceministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Ignacio Higueras Hare 1,022.03 370.00 2+1 1,110.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.” Artículo 2.- Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 0009-2024-RE, de 8 de enero de 2024, en todo aquello en lo que no se oponga a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 2255809-1