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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2024 (27/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Sábado 27 de enero de 2024 El Peruano / promover las buenas prácticas ambientales para la reducción gradual y progresiva del usos y distribución de las bolsas, sorbetes, utensilios y envases de plástico en un solo uso y Tecnopor en locales y/o establecimientos comerciales, instituciones públicas y privadas, así como en viviendas del distrito de San Antonio. b) Declarar el último miércoles de cada mes como día “San Antonio sin plásticos”, a fi n de motivar la participación ciudadana en la implementación progresiva de las estrategias locales y nacionales de la reducción en la utilización de plástico de un solo uso, Tecnopor y otros envases descartables, para lo cual la Municipalidad realizará y promoverá actividades de sensibilización y educación ambiental en el marco del Programa Municipales de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental. c) En las distintas dependencias o locales de la Municipalidad Distrital de San Antonio, a partir del día siguiente de la publicación de la norma se aplicarán las siguientes medias: 1. Está prohibida la adquisición y uso de bolsas, sorbetes y utensilios de plástico de envases de Tecnopor para bebidas y alimentos de consumo humano, a excepción de aquellas adquisiciones que se encuentren en proceso o adjudicadas a la entrada en vigencia de la presente ordenanza. 2. No se usarán envoltorios plásticos para ninguna mensajería o publicidad interna o externa. 3. La panadería, comedor y demás centros municipales que brinden servicio al público externo no entregar bolsas, sorbetes, utensilios y envases de plástico de un solo uso y Tecnopor. d) La Sub Gerencia de Gestión Ambiental en coordinación con el área de Recursos Humanos implementen medidas para fomentarla reducción del uso del plástico y Tecnopor ente los trabajadores municipales. 1. De los locales y establecimientos comerciales presentes en el distrito, que como parte del servicio que brindan, entreguen utensilios, bolsas, sorbetes o envases de plástico de un solo uso o Tecnopor, se aplicaran las siguientes medidas; 2. El último miércoles de cada mes, se prohíbe la entrega de bolsas plásticas, los establecimientos deberán de publicar en lugares visibles e informar a los usuarios sobre esta medida.3. En el Plazo de 30 días calendario contados desde la vigencia de la presente ordenanza deben exhibir en un lugar visible como mínimo un anuncio con un mensaje que promueva la reducción del uso de estos productos. 4. Los locales y establecimientos comerciales están obligados a consultar previamente a los usuarios si desean usar plástico sin base polimérica libre e implementar medidas para reducir progresivamente el plástico de un solo uso y Tecnopor en su local. e) Para promover la reducción del consumo de plástico los vecinos del distrito, se establecen las siguientes medidas: 1. Reconocer y premiar a aquellos vecinos que haciendo uso de la participación ciudadana ambiental comuniquen a la Sub Gerencia de Gestión Ambiental el incumplimiento de la presente Ordenanza con medios probatorios. 2. Se informará en los locales vecinales sobre las buenas prácticas ambientales respecto al uso del plástico y Tecnopor a través de conversatorio, charlas, talleres y afi nes. 3. Se realizará campañas de educación ambiental en espacio público. f) La municipalidad deberá incluir en los planes de sensibilización y en coordinación con el Ministerio del Ambiente realizará semestralmente acciones de comunicación, educación, capacitación y sensibilización de las niñas y niños, los adolescentes y las ciudadanas y ciudadanos sobre: 1. Los efectos adversos que producen en el ambiente los bienes de base polimérica y los recipientes o envases descartables de poliestireno expandido; 2. La necesidad de migrar hacia el uso de bienes no contaminantes. 3. El consumo responsable de la producción sostenible de bienes de plástico. 4. El reciclaje de residuos de plástico y otros residuos aprovechables. Artículo 8.- Mecanismos de incentivo al uso de tecnologías eco amigables o insumos no contaminantes y compostables como alternativa al uso del plástico