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19 NORMAS LEGALES Sábado 3 de febrero de 2024 El Peruano / Artículo 4.- Publicación Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente resolución en el portal institucional del FONCODES (http://www.gob.pe/foncodes) en la fecha de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO MANUEL VELEZMORO PINTO Director Ejecutivo del FONCODES Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social 2258584-1 EDUCACIÓN Designan Coordinador III de Proyectos de la Dirección de Infraestructura Educativa del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 001-2024-MINEDU/VMGI-PEIPEB/DIEJE Lima, 15 de enero de 2024 VISTOS:i) El Informe N° 00011-2024-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/ OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos; y ii) el Informe Nº 00011-2024-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OAJ, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, se crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, en adelante PEIP Escuelas Bicentenario, con el objeto de ejecutar una cartera de inversiones constituida por setenta y cinco proyectos de inversión de las Instituciones Educativas de Lima Metropolitana y de las Instituciones Educativas Emblemáticas ubicadas en ocho departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338- 2020-MINEDU, se aprueba el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario (en adelante MOP del PEIP Escuelas Bicentenario), que establece que se trata de un Proyecto Especial que cuenta con autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa, en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, reconociendo a la Dirección Ejecutiva como la máxima autoridad administrativa, responsable de la dirección y administración general, que ejerce funciones ejecutivas, de administración y representación del PEIP, encontrándose entre ellas la de designar y remover a los titulares de los órganos del PEIP y puestos de con fi anza; Que, se encuentra vacante el cargo de Coordinador III de Proyectos de la Dirección de Infraestructura Educativa del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario; motivo por el cual, resulta necesario designar a la persona que ejerza el cargo antes referido; Que, a través de los documentos de vistos, la Unidad de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica opinan, en el ámbito de sus respectivas competencias, que resulta viable designar al señor JEFERSON RENATO OLORTEGUI LOPEZ en el cargo de Coordinador III de Proyectos de la Dirección de Infraestructura Educativa del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo N° 119-2020-EF y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, que crea el PEIP Escuelas Bicentenario; el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario, aprobado por Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU; y, la Resolución Ministerial N° 333-2023-MINEDU a través de la cual se designa al Director Ejecutivo del PEIP Escuelas Bicentenario; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Designar al señor JEFERSON RENATO OLORTEGUI LOPEZ, en el cargo de Coordinador III de Proyectos de la Dirección de Infraestructura Educativa del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario. Artículo 2°.- Notifi car la presente Resolución a la persona citada en el artículo anterior y a la Unidad de Recursos Humanos del PEIP Escuelas Bicentenario, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Tecnologías de Información la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar del PEIP Escuelas Bicentenario, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO GUILLERMO ESTRADA BRICEÑO Director Ejecutivo Proyecto Especial de Inversión PúblicaEscuelas Bicentenario 2258654-1 ENERGÍA Y MINAS Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo Nº 014-2018-EM, modificado por Decreto Supremo N° 002-2020-EM DECRETO SUPREMO Nº 004-2024-EM LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 43, Ley de la Empresa Petróleos del Perú, PETROPERÚ, establece que Petróleos del Perú “PETROPERU”, creada por Decreto Ley Nº 17753, es una empresa estatal del Sector Energía y Minas, íntegramente de propiedad del Estado, con denominación social Petróleos del Perú y/o PETROPERÚ; y se organiza como sociedad anónima; Que, el artículo 9 de la citada norma, establece que la organización, dirección y administración de PETROPERÚ S.A. compete a la Junta General de Accionistas, al Directorio y a la Gerencia General; Que, el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 43, dispone que la Junta General de Accionistas estará presidida por el Ministro de Energía y Minas e integrada por cuatro (4) miembros designados en representación del Estado mediante decreto supremo; Que, el artículo 1 del Reglamento de la Ley N° 28840 aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-EM, dispone que PETROPERÚ S.A. se encuentra facultada para desarrollar todas las actividades de hidrocarburos, desde la etapa de exploración hasta la etapa de producción, en todas las fases de la industria y comercio de petróleo, incluyendo sus derivados, petroquímica básica e intermedia y cualquier otra forma de energía; Que, con Decreto Supremo N° 014-2018-EM se designó como miembros de la Junta General de Accionistas de PETROPERÚ S.A., en representación del Estado, al Ministro de Energía y Minas, al Ministro de Economía y Finanzas, al Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, al Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas y al