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29 NORMAS LEGALES Sábado 3 de febrero de 2024 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan Directora de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor RESOLUCIÓN N° 000013-2024-GEG/INDECOPI San Borja, 2 de febrero del 2024VISTOS: El Informe N° 000115-2024-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 000060-2024-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del INDECOPI vigente, cuya Tercera Actualización correspondiente al Año Fiscal 2023 fue aprobada por Resolución N° 000119-2023- ORH/INDECOPI, el puesto de Director/a de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor corresponde al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), signado con el número 797; el mismo que es considerado de con fi anza; Que, el artículo 100 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, establece que la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor es un órgano de línea, que depende de la Gerencia General; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, concordante con el literal e) del artículo 13 del Texto Integrado de su Reglamento, establecen que es función de la Gerencia General designar, entre otros, a los/las directores/as de los órganos de línea; Que, mediante el Informe N° 000115-2024-ORH/ INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos señala que la señora Ana María Salazar Laguna cumple con el perfi l del puesto para ocupar el cargo de Director/a de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor (CAP 797) del INDECOPI; Que, con el Informe N° 0001119-2024-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que la Gerencia General se encuentra facultada para designar al/a la Director/a de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del INDECOPI; Con el visado de la O fi cina de Recursos Humanos; de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora ANA MARIA SALAZAR LAGUNA en el cargo de Directora de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Recursos Humanos realizar las gestiones pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EVER GARCÍA RODRIGUEZ Gerente General 2258507-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográficas, corre spondientes al mes de enero de 2024 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 036-2024-INEI Lima, 2 de febrero de 2024 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-01-2024/DTIE, referido a los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de enero de 2024, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción; Con las visaciones de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de enero de 2024, que a la fecha cuentan con la información requerida, tal como se detalla a continuación: