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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (04/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 4 de febrero de 2024 El Peruano / competencia y funciones del Gobierno Regional, en consideración a ello, dicta ordenanzas y acuerdos del Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) de su artículo 37º; asimismo, en su artículo 38º, señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional reglamentan materias de su competencia. Que, el numeral 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene el derecho fundamental de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado a su desarrollo de vida; que, asimismo, en el artículo 67° determinada que el Estado promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, los coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones, por su parte el artículo 192°, precisa que promueven el desarrollo y la economía, regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 21 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que la asignación de usos se basa en la evaluación de las potencialidades y limitaciones del territorio, utilizando entre otros, criterios físicos, biológicos, ambientales, sociales, económicos y culturales, mediante el proceso de zoni fi cación ecológica y económica. Una vez aprobada la ZEE se convierte en un instrumento técnico y orientado del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales; Que, el artículo 6° de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, establece como uno de los objetivos de la descentralización, el ordenamiento territorial y del entorno ambiental, desde los enfoques de la sostenibilidad del desarrollo; Que, de conformidad al literal a) del artículo 53° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales tienen como función formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Regionales; Que, el artículo 1° del Reglamento de Zoni fi cación Ecológica y Económica, aprobado por Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, establece que la zoni fi cación Ecológica y Económica – ZE, es un proceso dinámico y fl exible para la identi fi cación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales. Una vez aprobada la ZEE se convierte en un instrumento técnico y orientador del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales; Que, el artículo 11° del mencionado Reglamento, establece que: la Presidencia de Consejo de ministros, a través del Consejo Nacional del Ambiente – CONAM, en su condición de Autoridad Ambiental Nacional, dirige el proceso de la gestión de la Zoni fi cación Ecológica y Económica ZEE en el país. Los sectores, los Gobiernos Regionales y Locales son las entidades encargadas de la ejecución de la Zoni fi cación Ecológica y Económica – ZEE dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, el artículo 16° del Reglamento de la ZEE, establece que cada proceso de Zoni fi cación Ecológica y Económica -ZEE desarrollado en el ámbito regional requiere la con fi rmación de una Comisión Técnica y el artículo 17° del mismo dispositivo legal se establecen sus funciones; Que, asimismo su artículo 21° del Reglamento de la ZEE, establece que el proceso de formulación de la ZEE, será desarrollado en tres niveles: nacional, regional y local; Que, la Resolución Ministerial N° 056-2015-MINAM, “Contenido mínimo de las disposiciones internas que regulan las Comisiones Técnicas de Zoni fi cación Ecológica y Económica (ZEE) en el ámbito regional o local, señala que las comisiones técnicas de ZEE tienen como objetivo propiciar la coordinación y acompañamiento en la elaboración, aprobación y ejecución de este instrumento técnico sustentatorio inicial para el ordenamiento territorial, a cargo del nivel de gobierno correspondiente; asimismo, establece que los gobiernos regionales y locales deben adecuarse a sus disposiciones; Que, la Directiva de “Metodología para la Zoni fi cación Ecológica y Económica”, aprobada por Decreto del Consejo Directivo N° 010-2006-CONAM-CD, tiene por objeto establecer la metodología a seguir para la Zoni fi cación Ecológica y Económica -ZEE en ámbitos de diferente alcance territorial. La aplicación de la Metodología para la ZEE, al incorporar criterios físicos, químicos, biológicos, sociales, económicos y culturales, permitirá a las circunscripciones del ámbito nacional, regional y local, contar con una herramienta fl exible y accesible que servirá de base al diseño y formulación de políticas, planes, programas y proyectos orientados al desarrollo sostenible; Que, según la Ordenanza Regional N° 066-2015-GRP/ CR de agosto de 2005, se constituye la Comisión Técnica de ZEE en la Región Pasco, el cual crea tres comisiones técnicas para la ZEE en el ámbito regional y local, en la provincia de Oxapampa y en la provincia de Daniel Alcides Carrión, cuya función es conducir la elaboración de la macro y microzoni fi cación ecológica y económica de acuerdo con los planes ya establecidos mediante Ley; Que, la Ordenanza Regional N° 259-2010-G.R. PASCO/CR del 25 de noviembre del 2010 se reestructura la Comisión Ambiental Regional Pasco (CAR-PASCO); Que, la Ordenanza Regional N° 362-2015-G.R. PASCO/CR, que declara de necesidad pública e interés regional el proceso de ordenamiento territorial para el uso y ocupación sostenible del territorio y crea la Comisión Técnica regional para la ZEE; Que, la Ordenanza Regional N° 446-2019-G.R. PASCO/CR, que declara de necesidad pública e interés regional el proceso de ordenamiento territorial para el uso y ocupación sostenible del territorio y crea la Comisión Técnica regional para la ZEE; Que, considerando que desde el año de promulgación de la Ordenanza Regional N° 066-2005-GRP/CR, se han producido cambios en el territorio, así como en la organización del Gobierno Regional de Pasco, resulta pertinente la derogación de dicha norma, y emitir una nueva Ordenanza que declare de interés y prioridad regional la Zoni fi cación Ecológica y Económica y Ordenamiento Territorial, estableciendo las entidades que conformarán la Comisión Técnica Regional de la Zoni fi cación Ecológica, Económica y Ordenamiento Territorial, teniendo en cuanta las disposiciones de la Resolución Ministerial N° 056-2015-MINAM; Que, mediante Dictamen N° 003-2023, de fecha 16 de octubre del año 2023, presentado por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional de Pasco, en sesión ordinaria Vigésima Primera, de fecha siete de noviembre del año dos mil veintitrés, luego de un debate el Pleno del Consejo Regional, por unanimidad aprueban declarar de Necesidad e Interés Regional la Zoni fi cación Ecológica, Económica y Ordenamiento Territorial del Departamento de Pasco, con la dispensa del proceso de la lectura del acta; Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el DICTAMEN N° 003-2023-GRP-CR/CRRNNGMA presentado por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, de fecha 16 de octubre de 2023, en mérito a los fundamentos expuesto en la parte considerativa. Articulo Segundo.- DECLARAR DE NECESIDAD PUBLICA E INTERÉS REGIONAL LA ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA, ECONÓMICA Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE PASCO, que tiene como objetivo propiciar la coordinación y acompañamiento en la elaboración, aprobación y