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5 NORMAS LEGALES Viernes 16 de febrero de 2024 El Peruano / organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países; que tiene como funciones administrar un sistema mundial de normas comerciales, servir de foro para la negociación de acuerdos comerciales, solucionar las diferencias comerciales entre sus miembros y atender las necesidades de los países en desarrollo; Que, en la ciudad de Abu Dabi, Emiratos Árabes Unidos, del 26 al 29 de febrero de 2024, se llevará a cabo la 13° Conferencia Ministerial (CM13) de la OMC, durante la cual se espera alcanzar resultados concretos en materia de subvenciones a la pesca, comercio agrícola, comercio electrónico y reforma de la OMC, entre otros temas; asimismo, se conocerán las decisiones políticas en asuntos que permitirán avanzar en el proceso de liberalización y facilitación del comercio; Que, en el marco de dicho evento, el día 25 de febrero de 2024, se realizará la Reunión Ministerial del Grupo Cairns, conformado por 19 países agroexportadores integrantes de la OMC y se llevarán a cabo reuniones técnicas previas relacionadas con la CM13; Que, así también, en forma paralela a la CM13, se sostendrán reuniones protocolares para tratar los avances sobre la propuesta del Acuerdo de Facilitación de Inversiones para el Desarrollo y, hasta el día 1 de marzo de 2024, se realizarán reuniones con socios comerciales actuales y con representantes de diversos países con quienes el Perú tiene interés en iniciar negociaciones para acuerdos comerciales bilaterales; Que, por tanto, resulta de interés institucional la participación del señor Juan Carlos Mathews Salazar, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, en la 13° Conferencia Ministerial de la OMC y en las reuniones conexas antes mencionadas; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone entre otros, que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, resulta necesario encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Abu Dabi, Emiratos Árabes Unidos, del 23 de febrero al 2 de marzo de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución Suprema están a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos por día US$Total Viáticos US$ Juan Carlos Mathews Salazar3 600,00Medio Oriente510,00 x 6 días 3 060,00 Artículo 3.- Encargar a la señora HANIA PEREZ DE CUELLAR LUBIENSKA, Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 23 de febrero de 2024 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2262237-1