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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (25/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Domingo 25 de febrero de 2024 El Peruano / y Directores(as) de la institución a quienes se les delega facultades y atribuciones mediante el presente acto resolutivo. Artículo 12.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIOS MIGUEL QUEVEDO VALLE JefeJefatura NacionalServicio Nacional de Sanidad Agraria 2264425-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Constituyen la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000033 -2024-MIDIS San Isidro, 22 de febrero del 2024VISTOS:El Informe N° D000046-2024-MIDIS-OPI emitido por la O fi cina de Planeamiento e Inversiones; el Informe N° D000073-2024-MIDIS-OGPPM emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000085-2024-MIDIS-OGAJ emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 188 de la Constitución Política de 1993 establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, siendo que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone el inicio de la transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda, de los programas sociales de lucha contra la pobreza y los proyectos de inversión e infraestructura productiva de alcance regional, en función de las capacidades de gestión de cada Gobierno Regional o Local; Que, el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, para asegurar que el proceso de transferencias se realice en forma progresiva y ordenada, conforme se dispone en la Ley N° 27783, el Poder Ejecutivo constituye Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del sector correspondiente; las cuales proponen, hasta el último día útil del mes de febrero de cada año, planes anuales de transferencia; Que, por su parte, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, con la fi nalidad de mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil; Que, de acuerdo con los numerales 20.1 y 20.2 del artículo 20 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2018-PCM y sus modi fi catorias, en lo que se re fi ere a la determinación de roles y responsabilidades de cada nivel de gobierno, se establece que el Ministerio con competencias compartidas determina los roles y responsabilidades para cada nivel de gobierno, a través del establecimiento de modelos de provisión de bienes y servicios orientados al ciudadano, siendo que para la construcción de los modelos de provisión de bienes y servicios, el Ministerio identi fi ca el bien o servicio; los roles y responsabilidades de cada nivel de gobierno; y los principales problemas o puntos críticos que di fi cultan la entrega o provisión del bien o servicio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, que reconoce como problema público la exclusión social que genera pobreza a lo largo del ciclo de vida de las personas, para lo cual establece 5 objetivos prioritarios, 19 lineamientos y 81 servicios, que cuentan con un conjunto de indicadores y metas a cargo de 14 Ministerios, incluyendo al MIDIS, la Presidencia de Consejo de Ministros, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, mediante Resolución Ministerial N° D000186- 2023-MIDIS se aprueba la Directiva N° 008-2023-MIDIS, “Directiva que establece disposiciones para la articulación de los órganos y programas nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en la formulación, actualización, implementación, seguimiento, evaluación e innovación de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social”, cuyo numeral 4.11 de fi ne a la gestión descentralizada como el modelo de gestión concertada y articulada de procesos de los tres niveles de gobierno que se implementa, a partir de la determinación de roles y responsabilidades para la provisión de los servicios establecidos en la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, siendo que implica el fortalecimiento de las capacidades institucionales, de la gobernanza multinivel y multisectorial, y del uso de las tecnologías de gobierno y transformación digital para el desarrollo territorial; Que, mediante Resolución Ministerial N° D000234- 2023-MIDIS, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Desarrollo e Inclusión Social, el cual incluye, entre otros, el Objetivo Estratégico Sectorial (OES) “6. Consolidar la gobernanza del Sector Desarrollo e Inclusión Social en torno a resultados y población vulnerable prioritaria”, en contribución a la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030; Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, mediante Resolución Ministerial N° 126-2012-MIDIS se constituye la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, encargada de efectuar el proceso de transferencia del Programa de Complementación Alimentaria (PCA) a los Gobiernos Locales distritales del ámbito de la provincia de Lima; Que, posteriormente, mediante Resolución Ministerial N° 063-2015-MIDIS se reconstituye la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuyo alcance considera la totalidad de las competencias sectoriales, dejando sin efecto la Resolución Ministerial N° 126-2012-MIDIS; Que, conforme a lo señalado en los documentos de Vistos y teniendo en cuenta el marco normativo vigente a la fecha, en especial la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030 y el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Desarrollo e Inclusión Social, resulta necesario reconstituir la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en los términos propuestos por la O fi cina de Planeamiento e Inversiones de O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, con la opinión favorable de los Despachos Viceministeriales de Políticas y Evaluación Social y de Prestaciones Sociales; Que, en tal virtud, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, del Despacho Viceministerial