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101 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / puedan acceder al pago tributario y a la presentación de su declaración jurada en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso; Que, por consiguiente, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Municipal N° 001-2024-MDCLR, faculta al señor Alcalde para que mediante decreto de alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones modi fi catorias complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza; Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 27 de marzo del 2024, la fecha de vencimiento de la Ordenanza Municipal N° 001-2024-MDCLR, en la que se establece “Aprobar el monto mínimo del impuesto predial, las fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial arbitrios municipales, incentivos por pronto pago para el ejercicio 2024, bene fi cios tributarios de los años anteriores y la actualización de datos con carácter de declaración jurada en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y a la Subgerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva la implementación y cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, a la O fi cina de Imagen Institucional su difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la adecuación en el sistema informático, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, cumpla con realizar la Publicación del presente Decreto de Alcaldía en la Página Web del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.EDWARDS JAVIER INFANTE LÓPEZ Alcalde 2265243-1 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal N° 01-2024-MDLP sobre el “Impuesto Predial 1era. cuota con beneficios de pronto pago” y Ordenanza Municipal N° 018-2023-MDLP de “ Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero” DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2024-MDLP La Perla, 23 de febrero de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA. VISTO: El Informe N° D000026-2024-MDLP/SGRYEC emitido por la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva de fecha 22 de febrero de 2024; Memorándum N° D000021—2024-MDLP/GAT emitido por la Gerencia de Administración Tributaria de fecha 23 de febrero de 2024; Informe N° D00017-2024-MDLP/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica de fecha 23 de febrero de 2024; Memorándum N° 089-2024-GM/MDLP emitido por Gerencia Municipal de fecha 23 de febrero de 2024; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29792 – Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía y por resolución de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; asimismo el artículo 42° del mismo cuerpo legal, indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el artículo 8° de la Ordenanza Municipal N° 018-2023-MDLP, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 29 de diciembre de 2023 que aprobó el “Régimen tributario de arbitrios municipales por los servicios públicos de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2024 en el distrito de La Perla”, indicó las fechas de vencimiento del cumplimiento de pago de los arbitrios municipales respecto de los meses de enero y febrero, teniendo una vigencia hasta el 29 de febrero de 2024; Que, el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 01- 2024-MDLP publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 16 de enero de 2024, que aprobó el “Monto Mínimo de Impuesto Predial, Fecha de Vencimiento del Impuesto Predial e Incentivos Tributarios por pronto pago de las tasas de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2024 del distrito de La Perla”, señaló las fechas de vencimiento para el pago al contado y fraccionado (1ra. Cuota) del Impuesto Predial 2024, teniendo una vigencia hasta el 29 de febrero de 2024; Que, la Tercera Disposición de las Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales de la Ordenanza Municipal N°01-2024-MDLP y la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Municipal N°018-2023-MDLP, se facultó al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de la referida ordenanza, así como establecer la prórroga de la misma, si fuera necesario; Que, mediante Informe N° D000026-2024-MDLP/ SGRYEC de fecha 22 de febrero de 2024, emitido por la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva informó a la Gerencia de Administración Tributaria, la necesidad de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 01-2024-MDLP sobre el “Impuesto predial 1era cuota con bene fi cios de pronto pago” y Ordenanza Municipal N° 018-2023-MDLP de “Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero” hasta el 01 de abril de 2024; Que, mediante Memorándum N° D00021-2024- MDLP/GAT de fecha 23 de febrero de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria consideró justi fi cada la necesidad de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 01-2024-MDLP sobre el “Impuesto predial 1era cuota con bene fi cios de pronto pago” y Ordenanza Municipal N° 018-2023-MDLP de “Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero” hasta el 01 de abril de 2024; en ese sentido, solicita opinión legal a la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, mediante Informe N° D000017-2024-MDLP/ OGAJ de fecha 23 de febrero de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opinó por la procedencia de prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 01-2024-MDLP sobre el “Impuesto predial 1era cuota con bene fi cios de