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90 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / documento técnico normativo de gestión organizacional que contiene el resultado de un diseño organizacional para de fi nir la estructura organizacional más idónea para el cumplimiento de las funciones y logro de resultados. Asimismo, constituye una norma de carácter público y de obligatorio cumplimiento y fi nalmente es una guía administrativa sobre cómo se han asignado las funciones y responsabilidades al interior de la organización desconcentrada; Que, el acotado Lineamiento indica que los ministerios, organismos públicos, gobiernos regionales y municipalidades están obligados, bajo responsabilidad de su máxima autoridad administrativa, a reportar a la Secretaría de Gestión Pública (SGP) la aprobación de sus Reglamentos de Organización y Funciones (ROF), así como los MOP de sus Programas, Proyectos Especiales y, de corresponder, de sus órganos desconcentrados o académicos, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de aprobados. Para efectos del reporte señalado en el numeral precedente, se debe remitir al correo electrónico de la SGP (organizacióndelestado@pcm.gob.pe) el expediente escaneado que sustentó la aprobación del respectivo ROF o MOP; Que, en relación a las opiniones técnicas de las áreas correspondientes, se tiene que la Gerencia General del Patronato del Parque de las Leyendas-Felipe Benavides Barreda mediante O fi cio N° 474-2023/GG/PATPAL- FBB del 15 de diciembre de 2023, remite el proyecto de Manual de Operaciones, el cual ha sido validado por el Consejo Directivo de la entidad mediante Acuerdo de Consejo Directivo N° 035-2023-PATPAL-FBB/CD del 21 de noviembre de 2023; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto del Patronato del Parque de las Leyendas-Felipe Benavides Barreda, a través del Informe N° 214-2023/GPP, remite el Informe Técnico Sustentatorio de la propuesta de aprobación del Manual de Operaciones, señalando que existe sustento técnico su fi ciente que justi fi ca la necesidad de contar con un Manual de Operaciones que coadyuve al cumplimiento e fi caz de las metas y objetivos de la entidad, habiéndose cumplido con justi fi car la estructura organizacional, así como los mecanismos de control y coordinación, de conformidad con lo establecido en el numeral 55.1 del artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica del PATPAL-FBB mediante Informe N° 288-2023/GAJ, opina legalmente respecto a los sustentos técnicos valorados por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; asimismo, y de acuerdo a la normativa vigente, opina señalando que resulta viable continuar con el procedimiento para la aprobación del proyecto del Manual de Operaciones del Patronato del Parque de las Leyendas-Felipe Benavides Barreda; Que, mediante Informe N° D000005-2024-MML- OGPEM-OPEM, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Plani fi cación concluye, entre otros, lo siguiente: i) Conforme a las características del Patronato del Parque de las Leyendas-Felipe Benavides Barreda PATPAL FBB y lo dispuesto en la normativa vigente en materia organizacional, este cali fi ca como un órgano desconcentrado especial, cali fi cación que no afecta sus funciones ni la autonomía que su norma de creación le reconoce; ii) La propuesta de Manual de Operaciones de PATPAL-FBB cumple con las disposiciones establecidas por los Lineamientos de Organización del Estado y los Lineamientos N° 02-2020-SGP, que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones-ROF y el Manual de Operaciones-MOP; asimismo se veri fi ca que la propuesta se alinea a la política corporativa de e fi ciencia organizacional, por lo que se emite opinión favorable; Que, con Informe N° D000131-2024-MML-OGAJ, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos concluye, entre otros, que resulta conforme a la normativa vigente que mediante decreto de alcaldía se apruebe el Manual de Operaciones del Patronato del Parque de las Leyendas-Felipe Benavides Barreda; De conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Operaciones (MOP) del Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda-PATPAL FBB, constituido por cuatro (4) títulos, cinco (5) capítulos, cincuenta y nueve (59) artículos y dos (2) anexos, que forman parte integrante del presente decreto de alcaldía. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición contraria a las disposiciones contenidas en el Manual de Operaciones (MOP) aprobado en el artículo primero del presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación del presente decreto alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Ofi cina de Gobierno Digital su publicación, incluyendo su anexo, en el portal institucional: www.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2265017-1 Modifican el artículo segundo del Decreto de Alcaldía N° 020, sobre delegación de titularidad del accionariado de la Municipalidad Metropolitana de Lima en la Empresa Municipal de Mercados S.A. – EMMSA DECRETO DE ALCALDÍA N° 004 Lima, 26 de febrero de 2024 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con el Decreto de Alcaldía N° 001 del 12 de enero de 2023, se designaron a los integrantes de la Junta General de Accionistas de la Empresa Municipal de Mercados S.A. – EMMSA, en representación de las acciones de titularidad de la Municipalidad Metropolitana de Lima en dicha empresa, el cual fue modi fi cado por el Decreto de Alcaldía N° 020 del 31 de octubre de 2023; Que, a la señora Elia María del Pilar Urmeneta Venturo se le delegó la titularidad de 1´023,967 acciones que representa el 19% del capital social; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las disposiciones previstas en la Ley N° 26867, Ley General de Sociedades y el Estatuto de EMMSA; DECRETA: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la delegación de la señora Elia María del Pilar Urmeneta Venturo, indicada en los considerandos y DELEGAR, en su lugar, al señor Vicente Martín Sotelo Montenegro. Artículo Segundo.- MODIFICAR el artículo segundo del Decreto de Alcaldía N° 020 del 31 de octubre de 2023, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo Segundo.- DELÉGUESE en las siguientes personas, conforme al número de acciones que se indica, a titularidad del accionariado de la Municipalidad