TEXTO PAGINA: 96
96 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / SECRETARIO TÉCNICO: - Gerente de Seguridad Ciudadana, Transito y Gestión del Riesgo de Desastres. MIEMBROS:- Gerente Municipal. - Jefe Comisario PNP-Orrantia.- Jefe Comisario PNP-San Isidro.- Jefe de la Compañía de Bomberos San Isidro N°100.- Comandante de la Segunda Zona Naval.- Jefe del Centro de Salud de San Isidro.- Director del Centro de Atención Primaria San Isidro- ESSALUD. - Director de la Unidad de Gestión Educativa Local 03.- Subprefecto de San Isidro.- Coordinador del Centro de Emergencia Mujer-CEM.- Representante Vicaria Episcopal Territorial III.- Representante de los Brigadistas Voluntarios de Defensa Civil. - Representante de Luz del Sur.- Representante de Enel Perú.- Representante de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima-SEDAPAL. - Representante de CÁLIDDA. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 158-2023-ALC/MSI de fecha 13 de marzo del 2023. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución a los integrantes de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro y al Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres; encargar a la Secretaría Municipal su publicación en el diario O fi cial El Peruano; y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro(www.munisanisidro.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa 2265153-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 562/ MDSMP, en el sentido de ampliar el plazo de los vencimientos del pago anual del impuesto predial 2024, la primera cuota del impuesto predial 2024, la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales 2024, así como la vigencia del beneficio de pronto pago denominado “Sanmartiniano Puntual” DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2024/MDSMP San Martín de Porres, 21 de febrero de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTOS: El Informe N° 122-2024-SGRTYCD-GAT/ MDSMP de fecha 13 de febrero de 2024 emitido por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, Informe N° 006-2024-GAT/MDSMP de fecha 14 de febrero de 2024 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe N° 158-2024-OGAJ-MDSMP de fecha 19 de febrero de 2024 emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Memorando N° 0260-2024-MDSMP/GM de fecha 20 de febrero de 2024 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, (…) el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la norma citada prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal; Que, a través de la Ordenanza N° 562/MDSMP publicada el 02 de febrero de 2024 en el diario o fi cial El Peruano, se aprueba el bene fi cio de pronto pago denominado “Sanmartiniano Puntual” y el calendario de vencimiento del impuesto predial y arbitrios municipales 2024, la misma que faculta en su Primera Disposición Final y Transitoria, al alcalde del distrito de San Martín de Porres, para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación de la mencionada ordenanza, así como para prorrogar la vigencia de la misma; Que, mediante Informe N°122-2024-SGRTYCD-GAT/ MDSMP de fecha 13 de febrero de 2024, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, remite a la Gerencia de Administración Tributaria, el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N°562/MDSMP, en ese sentido, se extienda el vencimiento del pago anual del impuesto predial 2024, la primera cuota del impuesto predial 2024, la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales 2024, así como la vigencia del bene fi cio de pronto pago denominado “Sanmartiniano Puntual” hasta el 30 de marzo de 2024. Que, mediante el Informe N° 006-2024-GAT/ MDSMP de fecha 14 de febrero de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria hace suyo el Informe N° 122-2024-SGRTYCD-GAT/MDSMP; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 158-2024-OGAJ/MDSM de fecha 19 de febrero de 2024, emite opinión favorable para la aprobación del Decreto de Alcaldía que aprueba la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 562/MDSMP hasta el 30 de marzo de 2024; Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 0260-2024-MDSMP/GM de fecha 20 de febrero de 2024, corre traslado de los actuados para la emisión del Decreto de Alcaldía; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de marzo de 2024 la vigencia de la Ordenanza N° 562/MDSMP, en ese sentido ampliar el plazo de los vencimientos del pago anual del impuesto predial 2024, la primera cuota del impuesto predial 2024, la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales 2024, así como la vigencia del bene fi cio de pronto pago denominado “Sanmartiniano Puntual” hasta el 30 de marzo de 2024, conforme lo dispuesto en la Primera Disposición Final y Transitoria de la citada norma.