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93 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / se brindarán en el marco del programa”; asimismo, el artículo 9° de la precitada Ordenanza señala que: “(…) La forma de participación de los a fi liados se dará a través de descuentos y/o promociones en el consumo de bienes, productos y/o servicios que brindarán de manera voluntaria y acorde con sus políticas de administración, para tal efecto se suscribe el compromiso de a fi liación con el representante del establecimiento comercial y/o de servicios o entidad pública, donde consten los términos de los bene fi cios ofrecidos y la vigencia de los mismos. Una vez suscrito el compromiso de a fi liación al Programa VPSB, los a fi liados deberán mantener los bene fi cios ofrecidos en los términos fi jados por el tiempo de vigencia señalado en el mismo, debiendo brindar información clara y precisa a los contribuyentes respecto de las ofertas y promociones a las que pueden acogerse”; Que, en atención a ello, mediante el Informe N° D000119-2024-MSB-GM-GAT de fecha 23 de enero de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria formula la consulta a la O fi cina General de Asesoría Jurídica sobre el funcionario de la Municipalidad Distrital de San Borja, que resulta competente para suscribir los compromisos de a fi liación al Programa Vecino Puntual de San Borja – VPSB, en atención al artículo 9° de la Ordenanza N° 709-MSB; Que, a través del Informe N° D000119-2024-MSB- GM-OGAJ de fecha 26 de enero de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que: i) La Quinta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 709-MSB, faculta al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicación de la Ordenanza N° 709-MSB. ii) Correspondería que mediante Decreto de Alcaldía se otorgue las facultades para la suscripción del compromiso de a fi liación al Programa VPSB, al Gerente de Administración Tributaria; Que, con Memorándum N° D000216-2024-MSB-GM- GAT de fecha 08 de febrero de 2024 y Memorándum N° D000242-2024-MSB-GM-GAT de fecha 12 de febrero de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria remite un proyecto de Decreto de Alcaldía, a través del cual, se reglamenta la Ordenanza N° 709-MSB, Ordenanza que establece el Programa de Incentivos para el vecino puntual de San Borja, con la fi nalidad de establecer lineamientos, procedimientos y acciones para la actualización del padrón de bene fi ciarios, a fi liación al Programa de Incentivos del Vecino Puntual de San Borja (VPSB) y otorgamiento de los incentivos a su favor, para una mejor aplicación de la precitada Ordenanza; Que, mediante Informe N° D000213-2024-MSB- GM-OGAJ de fecha 16 de febrero de 2024, concluye que, resulta conforme a la normativa vigente aprobar el proyecto normativo denominado “Reglamento del Programa de Incentivos del Vecino Puntual de San Borja”, de la Ordenanza N° 709-MSB, Ordenanza que establece el Programa de Incentivos para el Vecino Puntual de San Borja, mediante Decreto de Alcaldía; del mismo modo, precisa recomendaciones al precitado Reglamento; Que, a través del Memorándum N° D000303- 2024-MSB-GM-GAT de fecha 19 de febrero de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria conforme a la recomendación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica modi fi ca el proyecto normativo denominado “Reglamento del Programa de Incentivos del Vecino Puntual de San Borja”, de la Ordenanza N° 709-MSB, Ordenanza que establece el Programa de Incentivos para el Vecino Puntual de San Borja y solicita continuar con el trámite de aprobación; Que, con Informe N° D000217-2024-MSB-GM-OGAJ de fecha 19 de febrero de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica comunica que, la Gerencia de Administración Tributaria ha acogido las recomendaciones identi fi cadas; por lo que, corresponde continuar con las acciones de aprobación; Que, mediante Memorándum N° D000129-2024-MSB- GM de fecha 19 de febrero de 2024, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Que, a través del Informe N° D000166-2024-MSB- OGSCM-OTDA de fecha 22 de febrero de 2024, la Ofi cina de Trámite Documentario y Archivo señala pautas y parámetros conforme la Directiva N° 005-2022-MSB, Directiva que regula la elaboración de documentos de comunicación interna y externa de la Municipalidad de San Borja; al proyecto normativo denominado “Reglamento del Programa de Incentivos del Vecino Puntual de San Borja”, de la Ordenanza N° 709-MSB, Ordenanza que establece el Programa de Incentivos para el Vecino Puntual de San Borja, elaborado por la Gerencia de Administración Tributaria; Estando a la normativa citada, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y con el visto bueno de la Gerencia de Administración Tributaria, la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo, la O fi cina General de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento del Programa de Incentivos del Vecino Puntual de San Borja”, de la Ordenanza N° 709-MSB, Ordenanza que establece el Programa de Incentivos para el Vecino Puntual de San Borja, que como documento adjunto, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- APROBAR el formato de Compromiso de A fi liación, que como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina General de Tecnologías de la Información su publicación del Decreto de Alcaldía y Anexos en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 2265843-1 Prorrogan fecha de vencimiento para el pago de la cuota anual o de la primera cuota trimestral correspondiente al impuesto predial y de la primera cuota de los arbitrios municipales del ejercicio 2024, así como la fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada del impuesto predial correspondiente al ejercicio fiscal 2024 DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2024-MSB-A San Borja, 27 de febrero de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, el Memorándum N° D000270-2024-MSB- GM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria de fecha 16 de febrero de 2024, el Informe N° D000226-2024-MSB-GM-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de fecha 20 de febrero de 2024, el Memorándum N° D000135-2024-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 21 de febrero de 2024, el Memorándum N° D000326-2024-MSB-GM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria de fecha 27 de febrero de 2024, el Informe N° D000246-2024-MSB-GM-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de fecha 27 de febrero de 2024, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica