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95 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban la reconformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 137 San Isidro, 26 de febrero de 2024 LA ALCALDESA DE SAN ISIDROVISTO:El Informe N° 000025-2024-1400-GSCTGRD/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Transito y Gestión del Riesgo de Desastres, y a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica con el Informe N° 093-2024-0400-GAJ/MSI; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29664, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y respuesta ante situaciones de emergencia o desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el numeral N° 14.1 del artículo 14° de la Ley Nº 29664, establece que los Gobiernos Locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fi scalizan y ejecutan los procesos de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, así como de Preparación, Respuesta, Rehabilitación y Reconstrucción, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido por la presente Ley y su reglamento; Que, el artículo 19° del Reglamento de la Ley 29664, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, señala que las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, repuesta y rehabilitación; funcionan en los ámbitos jurisdiccional regionales y locales; la participación de las organizaciones sociales, las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestión del riesgo de desastres, apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil; así como, el Presidente de Gobierno Regional y el Alcalde respectivamente, constituyen, presiden y convocan las Plataformas; Que, por Resolución Ministerial N° 180-2013-PCM, se aprobaron los “Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil”, estableciendo en su numeral 6.1.3 que, la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital (PDCD) está conformada por el Alcalde quien la constituye, preside y convoca; la Secretaría Técnica que es asumida por el Jefe de Defensa Civil, o quien haga sus veces; representantes de las entidades públicas y privadas; organizaciones sociales debidamente reconocidas; representantes de organizaciones humanitarias y de voluntariado; organismos no gubernamentales; así como entidades de primera respuesta vinculadas a la gestión reactiva; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 158-2023- ALC/MSI de fecha 13/03/2023, se aprobó la Conformación de la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de San Isidro, con los siguientes integrantes:PRESIDENTE: Alcalde de la Municipalidad de San Isidro.SECRETARIO TÉCNICO:Gerente de Seguridad Ciudadana, Transito y Gestión del Riesgo de Desastres. MIEMBROS:- Gerente Municipal. - Jefe Comisario PNP-Orrantia.- Jefe Comisario PNP-San Isidro.- Jefe de la Compañía de Bomberos San Isidro N°100.- Jefe del Centro de Salud de San Isidro.- Director del Centro de Atención Primaria San Isidro- ESSALUD. - Director de la Unidad de Gestión Educativa Local 03.- Subprefecto de San Isidro.- Coordinador del Centro de Emergencia Mujer-CEM.- Representante Vicaria Episcopal Territorial III.- Representante de los Brigadistas Comunitarios de Defensa Civil. - Representante de Lima Golf Club.- Representante de la ONG Centro de Estudios y Prevención de Desastres-PREDES. Que, los literales m) y o) del artículo 96° del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza 548-MSI que modi fi ca a la Ordenanza N° 505-MSI, establecen que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres, tiene como función el planear, dirigir y conducir en el ámbito de su competencia, las actividades referidas a preparación, repuesta y rehabilitación ante riesgo de desastres en el distrito, así como cumplir con las funciones de acuerdo a la normativa vigente, en calidad de secretario técnico de la Plataforma de Defensa Civil Distrital (PDCD) y coordinador del Centro de Operaciones de Emergencia Distrital Local (COEL) del distrito de San Isidro: Que, mediante el documento del visto, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres, adjunta el Informe N° 004-2024-AVM-GSCTGRD/MSI, mediante el cual señala que, la actual estructura de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro, no incluye a instituciones públicas que poseen actividades y/o funciones vinculadas a la Gestión Reactiva de la Gestión del Riesgo de Desastres, las cuales son: Luz del Sur, Enel Perú, SEDAPAL, CÁLIDDA y la Marina de Guerra del Perú, muchas de esas instituciones realizan actividades y/o funciones basadas en el restablecimiento de servicios públicos básicos indispensables, así como primera respuesta, donde intervienen en casos de emergencias o desastres; motivo por el cual, propone la reconformación de la citada plataforma; Que, por tales consideraciones, corresponde la reconformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro, según la propuesta formulada por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres; Que, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Gestión del Riesgo de Desastres, mediante el documento del visto y a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica con el Informe N° 093-2024-0400-GAJ/MSI; y, Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20°, numeral 6, que la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 Y modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, la reconformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro, la misma que estará constituida de la siguiente manera: PRESIDENTE:- Alcalde de la Municipalidad de San Isidro.