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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2024 (04/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Jueves 4 de julio de 2024 El Peruano / sin generar con fl ictos viales e interrupción del tránsito fl uido. (viii) Respecto del Plan Piloto es necesario que la GMU de fi na el plazo, mecanismos de evaluación, etc. y evaluar cuál de las medidas planteadas serán necesarias de implementar con el mismo; Que, con Acuerdo de Concejo N° 086-2023 del 24 de marzo del 2023, el Concejo Metropolitano de Lima, acordó aprobar la celebración del “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Fundación Transitemos” con el objeto de entablar lazos de cooperación interinstitucional para coadyuvar mutuamente al mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos de Lima Metropolitana, mediante la implementación de políticas inspiradas en la movilidad sostenible, la gestión del tránsito, entre otros; asimismo, establece que las acciones de cooperación se llevaran a cabo a través de la organización de foros, seminarios y talleres de capacitación, campañas de seguridad vial y ambiental, entre otros; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 27444 - Ley de Procedimientos Administrativo General; Ley N° 27181 – Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo N° 016-2009-MTC – Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito; Ordenanzas N° 132-1997, N° 341-2001 y N° 2537-2023 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, a manera de PLAN PILOTO, la implementación de un (1) Carril Especial en cada sentido de la vía (lado derecho de la calzada) para la circulación de vehículos menores motorizados (tipo motocicleta), el cual será de uso compartido con el resto de modos de transporte permitidos en la vía Circuito de Playas de la Costa Verde y sus accesos, tramo: Límite con la Provincia Constitucional del Callao hasta el Acceso Regatas (Alt. Av. Mariscal Castilla – Chorrillos). Artículo Segundo.- El plazo de duración del Plan Piloto dispuesto en el artículo primero, será desde el 08 de julio del 2024 hasta el 31 de diciembre del 2024. Artículo Tercero.- La circulación de vehículos menores (tipo motocicleta) está sujeta a condiciones de transitabilidad especiales descritas en el Informe Técnico N° 021-2024-FSV, las cuales se incorporan formando parte de la presente Resolución y de acuerdo a las normas que establece el Reglamento Nacional de Tránsito, con el objetivo de garantizar la seguridad vial, mitigando la ocurrencia de accidentes de tránsito con participación de dichos vehículos. Artículo Cuarto.- PRECISAR que lo dispuesto en la presente Resolución es de exclusiva aplicación para el Circuito de Playas de la Costa Verde y sus accesos, pudiendo ser revisada de o fi cio y que, conforme a las circunstancias y fundamentos técnicos que así lo ameriten, podrá involucrar la modi fi cación o dejar sin efecto la decisión adoptada. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos Sociedad Anónima - Emape S.A. para que realice los trabajos de retiro e implementación de la señalización horizontal y vertical para la efectiva implementación de la medida dispuesta en el artículo primero de la presente resolución, de acuerdo a lo descrito en el Informe Técnico N° 021-2024-FSV. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestión y Fiscalización, para que efectúe las siguientes acciones: Monitoreo y Evaluación:- Supervisar permanentemente la operatividad del carril especial compartido y las medidas complementarias para advertir efectos negativos en la circulación vehicular, especialmente en transporte de motocicletas y otras modalidades. Control de Tránsito: - Efectuar las coordinaciones con la Policía Nacional del Perú, encargada del control del tránsito, para mitigar los aspectos que afecten negativamente la fl uidez vehicular y la seguridad vial en la vía expresa Circuito de Playas de la Costa Verde. - Realizar conjuntamente con la Policía Nacional del Perú, operativos inopinados de control de tránsito en el Circuito de Playas de la Costa verde, durante la ejecución de la disposición establecida en la presente resolución y según Plan de Acción. Fiscalización Electrónica:- Efectuar las acciones de fi scalización electrónica para el cumplimiento de la disposición establecida en el artículo primero de la presente resolución, debiendo coordinar con la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos – Emape S.A., para la implementación de equipos de Fiscalización Electrónica. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Promoción de la Movilidad Urbana Sostenible, para que efectúe las siguientes acciones: Sensibilización Difusión y Capacitación:- Realizar campañas de sensibilización, información y orientación sobre seguridad vial, dirigidas a conductores y peatones para la adecuación de los cambios implementados en el Circuito de Playas de la Costa Verde, con énfasis en el sector de motociclistas, según el Plan de Acción, que involucre a las asociaciones organizadas de usuarios de este tipo de unidades motorizadas - Realizar las coordinaciones con la Fundación Transitemos, la Dirección de Seguridad Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, entre otros, para la capacitación sobre seguridad vial y otros, dirigido a los conductores de vehículos menores (tipo motocicleta), según Plan de Acción. Artículo Octavo.- NOTIFICAR la presente resolución a la Policía Nacional del Perú, a la Subgerencia de Gestión y Fiscalización de la Gerencia de Movilidad Urbana, al Instituto Metropolitano de Plani fi cación, a la Autoridad del Proyecto de la Costa Verde, a la Dirección de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte y Comunicaciones a la Municipalidad de San Miguel, a la Municipalidad de Magdalena del Mar, a la Municipalidad de San Isidro, a la Municipalidad de Mira fl ores, a la Municipalidad de Barranco y a la Municipalidad de Chorrillos. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la O fi cina de Gobierno Digital la publicación del contenido de la presente resolución en la página web de la Gerencia de Movilidad Urbana. Artículo Décimo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LESDI SHARLOTTE MENESES FAIRLIE Subgerente de Estudios y Regulación 2302995-1 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Modifican la Ordenanza N° 492-2023- MDA que regula de forma extraordinaria y excepcional la expedición de constancia de posesión especial, visación de planos y memoria descriptiva para dotación de servicios básicos de organizaciones sociales en el distrito de Ancón ORDENANZA N° 518-2024/MDA Ancón, 21 de junio del 2024