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67 NORMAS LEGALES Jueves 4 de julio de 2024 El Peruano / MINISTERIO PÚBLICO Modifican el Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 037-2024-MP-FN-JFS Lima, 28 de junio de 2024 VISTA: El Acta N° 1039 de la sesión extraordinaria de la Junta de Fiscales Supremos realizada el día jueves 27 de junio de 2024, referente a la propuesta presentada por el Fiscal de la Nación (i) respecto la modi fi cación del artículo 41º del “Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos” aprobada por la Resolución N° 020-2024-MP-FN. CONSIDERANDOS: Primero.- Que, la Constitución Política del Estado peruano establece en el artículo 158° que el Ministerio Público es un organismo constitucionalmente autónomo. Que, conforme al artículo 159° de la Carta Magna, el Ministerio Público tiene entre sus funciones fundamentales, la promoción de la acción judicial en defensa de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho. Segundo.- Que, el Decreto Legislativo N° 052 que aprueba la Ley Orgánica del Ministerio Público dispone en el artículo 1o que el Ministerio Público tiene entre sus funciones la persecución y prevención del delito dentro de las limitaciones que establece la ley. Tercero.- Que, mediante la Resolución N° 1139-2020-MP-FN de fecha 15 de octubre de 2020, la Fiscalía de la Nación aprobó el “Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de Gestión por Resultados”, el cual en el artículo 104o determina que la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales - OREF tiene entre sus funciones, la elaboración y propuesta ante el Despacho Fiscal de políticas y planes para la conversión de despachos fi scales y plazas de magistrados a nivel nacional. Cuarto.- Que, a través de la Resolución N° 020-2024-MP-FN de fecha 09 de mayo de 2024, la Junta de Fiscales Supremos aprobó el “Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos”, el cual en el artículo 41º se indica que para el trámite de solicitud de creación de plazas y despachos fi scales se debe contar con informe técnico favorable de la Secretaría Técnica de la O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, el mismo que fi nalmente será analizado y debatido por la Junta de Fiscales Supremos. Quinto.- Que, de acuerdo con el Acta N° 1039 de fecha 27 de junio de 2024, la Junta de Fiscales Supremos en sesión extraordinaria analizó y debatió la propuesta del Fiscal de la Nación (i) respecto la modi fi cación del artículo 41º del “Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos”, para otorgarle a la Junta de Fiscales Supremos la facultad de convertir plazas y/o despachos fi scales. Sexto.- Que, a tenor del Acuerdo N° 6530-2024, la Junta de Fiscales Supremos en sesión extraordinaria de fecha 27 de junio de 2024, convino por unanimidad, otorgarle a la Junta de Fiscales Supremos, la facultad de convertir plazas y/o despachos fi scales; en consecuencia, modi fi car el artículo 41º del Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos, aprobado mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 020-2024-MP-FN- JFS, así como también disponer la adecuación del artículo 104° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio Público con enfoque de gestión por resultados. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR Y PUBLICAR la modi fi cación del artículo 41º del Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos, aprobado mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 020-2024-MP-FN- JFS, en los siguientes términos: “Artículo 41°.- Trámite de la solicitud de creación y conversión de plazas y despachos fi scales: 41.1. Para la creación de plazas y despachos fi scales se contará con el informe de la Secretaría Técnica de la Ofi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, adjuntando como anexos los informes técnicos de las o fi cinas o áreas correspondientes. 41.2. Para la conversión de plazas y despachos fi scales permanentes y transitorios se contará con el informe de la Secretaría Técnica de la O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, de la Ofi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, y de ser necesario, el informe de otra o fi cina o área que considere pertinente la Junta de Fiscales Supremos. 41.3. La Junta de Fiscales Supremos analiza en sesión, el pedido de creación y/o conversión de plazas y/o despachos fi scales, previo debate adopta un acuerdo y emite resolución, de ser el caso, y dispone se noti fi que la resolución en copia certi fi cada a las partes interesadas”. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las medidas pertinentes para la adecuación del artículo 104° del “Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de Gestión por Resultados” aprobado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1139-2020-MP-FN de fecha 15 de octubre de 2020. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar del Estado peruano (www.transparencia.gob. pe), en la Intranet y en la Página Web de la institución. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento de la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Presidencia de la Junta Nacional de Justicia, a la Presidencia del Congreso de la República, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores a nivel nacional, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Provinciales a nivel nacional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i)Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 2303511-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES