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63 NORMAS LEGALES Jueves 4 de julio de 2024 El Peruano / Artículo Décimo Primero.- CUMPLAN los jueces con el correcto registro mes a mes de los estados procesales de los expedientes en el Sistema Integrado Judicial (SIJ), encargando a la Coordinación de Estadística la supervisión y veri fi cación del registro adecuado de la información estadística de los órganos jurisdiccionales tanto en el SIJ como en el FEE, debiendo informar a esta Presidencia sobre las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten pertinentemente. Artículo Décimo Segundo.- PONER la presente resolución administrativa en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Unidad del Órgano de Imagen Institucional, de la Unidad de Administración y Finanzas, de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y de la Administradora del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidenta de la CSJLima 2303504-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Ponen en circulación monedas de plata de la XIII Serie Iberoamericana denominada “Capitales lberoamericanas” CIRCULAR N° 0016-2024-BCRP Lima, 3 de julio de 2024 CONSIDERANDO: Que el Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de su Ley Orgánica, aprobó la adhesión a la emisión de monedas de plata de curso legal de la XIII Serie Iberoamericana denominada “Capitales lberoamericanas”, en la que participan Argentina, Ecuador, España, Guatemala, Nicaragua, Paraguay, Perú y Portugal. SE RESUELVE: Artículo 1.- Poner en circulación, a partir del 4 de julio de 2024, monedas de plata de la XIII Serie Iberoamericana denominada “Capitales lberoamericanas”: Las características de las monedas son: Valor nominal : S/ 1,00 Aleación : Plata 0,925 Peso fi no : 12,49g Diámetro : 33,00mmCalidad : ProofCanto : Estriado Año de acuñación : 2024 Acuñación máxima : 9 500 monedas- Mercado interno : 2 500 monedas - Mercado externo : 7 000 monedas En el reverso de la moneda se aprecia el detalle escultórico de la alegoría mitológica grecorromana llamada “La Fama”, ubicada en la parte superior de la pileta de la Plaza Mayor y, al lado izquierdo, se reproduce una vista en perspectiva del frontis de la Catedral de Lima. En la parte superior de la moneda se aprecia la leyenda CAPITALES IBEROAMERICANAS; asimismo, se observa en el cuadrante derecho el nombre de la capital peruana y en el exergo, el número de la XIII SERIE IBEROAMERICANA. En el anverso, fi gura en el centro el Escudo de Armas del Perú rodeado de la leyenda BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ, la denominación en letras UN SOL y el año de acuñación, todo ello rodeado de los escudos de los países participantes en la XIII Serie. Artículo 2. Estas monedas son de curso legal. Artículo 3. El precio de venta de la moneda se difunde en el portal del Banco (https://tiendavirtual.bcrp.gob.pe/tiendabcrp/). PAUL CASTILLO BARDÁLEZ Gerente General 2303419-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Otorgan asignación de bolsa de viaje a favor de Directora (e) de la Dirección de Incubadoras de Empresas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva para participar en evento y realizar pasantías en España UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 448-2024-R-UNAS Tingo María, 22 de mayo de 2024EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA VISTO: La Carta N° 587-2024-OPP-UNASTM de fecha 21 de mayo de 2024, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, sobre asignación presupuestal de bolsa de viaje en comisión de servicios a favor de la Mg. Melisa Jackeline Zavala Guerrero-Directora (e) de la Dirección de Incubadoras de Empresas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, con el objetivo de participar en el magno evento internacional denominado: “SOUTH SUMMIT MADRID 2024”, en la ciudad de Madrid, en el país de España, del 05 al 09 de junio de 2024, (Reg. N° 1081 S.G.); CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 18° último párrafo, de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 8° de la Ley N° 30220-Ley Universitaria, cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, en el inciso d) del artículo 126º del Estatuto Modi fi cado vigente, señala que son atribuciones del Vicerrector Académico “Reemplazar al Rector, en caso de ausencia e impedimento temporal”; Que, mediante Resolución N° 445-2024-R-UNAS, de fecha 21 de mayo de 2024, la Universidad Nacional Agraria de la Selva, resuelve encargar el Despacho del Rectorado de la Universidad Nacional Agraria de la Selva al Dr. LUCIO MANRIQUE DE LARA SUAREZ-Vicerrector Académico de esta Casa Superior de Estudios, el 22 y 23 de mayo de 2024 y/o mientras dure la ausencia del titular; Que, mediante Correo Electrónico, de fecha 09 de mayo de 2024, la Directora (e) de la Dirección de Incubadoras de Empresas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, solicita autorización al Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación-Proinnóvate, con