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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2024 (06/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Sábado 6 de julio de 2024 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prórroga de la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial Prorrogar por treinta (30) días calendario, contados a partir del 7 de julio de 2024, la vigencia del Grupo de Trabajo sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para la elaboración de propuestas que coadyuven a la reestructuración y fortalecimiento del Programa Nacional de Centros Juveniles, creado por Resolución Ministerial N° 0106-2024-JUS. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Plataforma digital única del Estado peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2304232-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a Paraguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0514-2024-RE Lima, 3 de julio de 2024 VISTOS: El Memorándum Nº DAE008822024, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 20 de junio de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2621 del Despacho Viceministerial, de 21 de junio de 2024; el Memorándum Nº OPP019692024, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y su proveído, de 24 y 25 de junio de 2024, respectivamente, que otorgaron la certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum Nº OAP019732024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 24 de junio de 2024; CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la política exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global en materia económica y comercial; Que, la política exterior del Perú otorga especial importancia al proceso de integración regional; Que se ha recibido la invitación de la República del Paraguay, en su calidad de Presidencia Pro Tempore del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), para la participación en la CXIV Reunión Ordinaria del Foro de Consulta y Concertación Política (FCCP) del MERCOSUR, a realizarse en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 6 al 7 de Julio de 2024; Que, de igual forma, la LXIV Reunión Ordinaria del Consenso del Mercado Común (CMC) y de la Cumbre de Jefes de Estado del MERCOSUR y Estados Asociados, se realizará en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, el 8 de julio de 2024, siendo una actividad que permitirá identi fi car los logros alcanzados en el MERCOSUR, abordar los desafíos y seguir ampliando y profundizando los vínculos de integración; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores realiza, conforme a sus competencias de manejo de la política exterior, un atento seguimiento a los temas que serán abordados en las referidas reuniones; Que, se estima importante la participación del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Farit Docarmo Delgado, Director de Integración de la Dirección General para Asuntos Económicos, y Coordinador Alterno del Perú ante el Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR, como miembro de la delegación que participará en la LXIV Reunión Ordinaria del Consenso del Mercado Común (CMC) y de la Cumbre de Jefes de Estado del Mercosur y Estados Asociados, a fi n de dar debido seguimiento político y diplomático al tema; Que, por razones de itinerario, el viaje del mencionado funcionario diplomático a la ciudad de la Asunción, República del Paraguay, será del 6 al 9 de julio de 2024; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135- 2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Farit Docarmo Delgado, Director de Integración de la Dirección General para Asuntos Económicos, y Coordinador Alterno del Perú ante el Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 6 al 9 de julio de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (252) 0090930 Integración y negociaciones económicas internacionales, y Código POI: AOI00004500049 Fortalecimiento de esquemas de integración regional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Farit Docarmo Delgado1,014.05 370.00 3 + 1 1,480.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.