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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2024 (06/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Sábado 6 de julio de 2024 El Peruano / Urbano, hasta por la suma de S/ 3 852 878,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recur sos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Servicios de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado Abancay S.A. - EPS EMUSAP ABANCAY S.A., para fi nanciar la continuidad de la ejecución y supervisión de la obra del proyecto de inversión con CUI Nº 2394369: “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado sanitario de los sectores Molinopata Baja, Santa Rosa, Valle Real, Rinconcito Abanquino y Amancaes del distrito de Abancay - provincia de Abancay - departamento de Apurímac”. Artículo 3.- Financiamiento Las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial se realizan con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos OrdinariosArtículo 4.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Veri fi cación y Seguimiento El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable de la veri fi cación y seguimiento del avance físico y fi nanciero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en los convenios y sus adendas y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2304137-1