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49 NORMAS LEGALES Sábado 6 de julio de 2024 El Peruano / expuestos en la Hoja Informativa Nº 000574-2024-CG/ AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que apruebe la Política y Objetivos de Gestión de Compliance de la Contraloría General de la República, de acuerdo a la propuesta y sustento técnico de la Subgerencia de Modernización; considerando que se ha cumplido con las disposiciones de la Directiva N° 003-2024-CG/GJNC “Gestión Normativa en la Contraloría General de la República”, y el Procedimiento “Gestión de Documentos Normativos” – PR-NORM-07; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Política y Objetivos de Gestión de Compliance de la Contraloría General de la República, que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los órganos y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República son responsables de comunicar y difundir entre el personal a su cargo la Política y Objetivos de Gestión de Compliance aprobados en el artículo precedente. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, a su vez, ésta con su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2304347-1 Dan por terminada designación de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. – EDITORA PERÚ RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 310-2024-CG Lima, 5 de julio de 2024 VISTOS: La Hoja Informativa N° 000082-2024-CG/PROT, de la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo; el Memorando N° 000351-2024-CG/GPOIN, de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico; la Hoja Informativa N° 000094-2024-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; la Hoja Informativa N° 000269-2024-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando N° 000731-2024-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000588-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000710-2024-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe de OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el período de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 339- 2022-CG de fecha 20 de octubre de 2022, se designó a la señora Ynes Sofía Arriaga Cubas en el cargo de Jefa del OCI de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. – EDITORA PERÚ; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa Nº 000094-2024-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico para dar por terminada la designación de la señora Ynes Sofía Arriaga Cubas en el cargo de Jefa del OCI de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. – EDITORA PERÚ, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000710-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000588-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación de la señora Ynes Sofía Arriaga Cubas en el cargo de Jefa del OCI de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. – EDITORA PERÚ, entidad bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias;